Derecho internacional de los refujiados - page 18

Palabras Inaugurales
En nombre del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados, es para mí un gran privilegio participar del primer curso
de derecho internacional de refugiados organizado conjuntamente
por el Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de
Chile y por el
ACNUR.
Es éste un acontecimiento reconfortante en
la medida en que se inscribe en el contexto de los esfuerzos de los
sectores democráticos para enraÍzar
el
estado de derecho. Que la
Sociedad Chilena de Derecho Internacional y la Corporación de
Estudios Internacionales hayan patrocinado este curso nos alienta a
todos a continuar una tarea encomendada por una convención inter–
nacional, la de 1951 y por su Protocolo adicional a los que Chile ha
adherido desde 1972. Como lo veremos a lo largo de este seminario
estos instrumentos establecen claramente las obligaciones de los
estados signatarios en materia de protección a todos aquellos y todas
aquellas que se han beneficiado con una tierra de asilo por haber
sido víctimas de violaciones de sus legítimos derechos en su país de
origen.
El hecho que hayamos elegido tal marco para evocar el dere–
cho de los refugiados establece con precisión la naturaleza de nues–
tras preocupaciones.
Sin duda hay una tendencia natural comprensible que asimila
la ayuda a los refugiados a una actividad caritativa. El objetivo es sin
embargo más complejo.
El asilo ha tenido siempre sus raíces,fuertemente implantadas
en la mejor tradición de la solidaridad del hombre para con su
prójimo.
La
Iglesia,
el
templo religioso por excelencia, ha sido siem–
pre el refugio inviolable de los perseguidos. Un denominador común
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