JOSÉ ANTONIO COUSIÑO
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de dieZ años, uno en julio de 1977 y el otro en septiembre de
1984.
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El present(( capítulo se referirá a este último.
El Estatuto de 1984
El Estatuto de) Territorio de la ·Polinesia Francesa está
contenido en la Ley N° 84-820, del 6 de septiembre de 1984, y
11eva las firmas de importantes políticos franceses tales como la
del Presidente de la República, Fram;ois Mitterrand; del Primer
Ministro, Laurent Fabius; del Ministro del Interior y de la
Descentralización, Pierre laxe, y del Secretario de Estado
Adjunto del Ministro del Interior y de la Descentralización,
encargado de los Departamentos y Territorios de Ultramar,
Georges Lemoine. Todos de dilatada y. relevante trayectoria
política en la segunda mitad de este siglo.
E] estatuto define a la Polinesia Francesa como un
territorio de ultramar, dotado de autonomía interna dentro del
marco de ]a república, que se administra Jibremente por
legisladores elegidos y que está representado en el Parlamento
de la República y en el Consejo Económico y Social.
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Es responsabilidad del Alto Comisionado de la República,
quien es el delegado del gobierno central, es el resguardo de Jos
intereses nacionaJes, el respeto.a la ley y el orden público y el
control de la administración.
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El Estatuto de
1977.
que no satisfizo ni en sus contenidos ni en su aplicación,
permitió que el Alto Comisionado -designado por Francia- se mantuviera como
Presidente del Consejo de Gobierno; pero la mayoría de los asuntos internos, los
decidiría el Vicepresidente, quién sería elegido por votación universal.
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Stalut du Territoire ae la Polynésie Franfaise,
Artículo l.