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el mismo que la ley no permite pero yo no me pronunciaría por una
legalización jurídica. En la medida en que el médico en este caso
hace algo prohibido y se pone con ello en peligro manifiesta algo
de la reciprocidad que se ha considerado precondición de la acción
moral. Se trata de un ámbito del acto humano cuya formulación
en leyes penales no fue posible, al menos hasta ahora. El manda-
miento de amar a los demás como a uno mismo se aproximaría a
este acto. Lo que en este apartado se ha tratado como “la así llama-
da eutanasia” no merece este apelativo y no puede fundamentarse
médicamente. La limitación al enfermo mental incurable carece de
sentido, ya que la incurabilidad, la carencia de valor, la compasión
y el sacrificio también aparecen en otras enfermedades, incluso con
mayor claridad. Sería consecuente la muerte, y eso fue lo que a veces
ocurrió.
Los motivos para rechazar la así llamada eutanasia fueron de dos
tipos. Por una parte se muestran sus motivos del no valor, de la
compasión y del sacrificio como no médicos y no morales. Por otra
parte, la toma de las decisiones, como se llevó a cabo, se declaró in-
moral y no médica. Ambos argumentos dejaron abierta la pregunta
de si con otra motivación y una mejor forma de tomar decisiones se
justificaría una eutanasia. Pero también esta perspectiva se eliminó,
ya que una medicina que pone como valor solamente la vida bioló-
gica como tal y por sí misma fue rechazada. Sólo una medicina que
valore al hombre y no el hecho de la vida es una medicina digna de
tal nombre; ella debe trascender el hecho biológico. Ahora bien, la
muerte es una forma de trascendencia. En este sentido deben tras-
cender lo exclusivamente biológico toda la medicina y cada acción
médica. Ellos deben orientarse no hacia la muerte sino hacia este
trascender. De otra manera sería matar la finalidad médica en cada
caso, y tal absurdidad se elimina sola.