ATAQUES
DE
LA
PRENSA
545
Tal
es
la
regla
ejue ha estado
dispuesto
a
observar
el
gobier
no
ele
Chile;
regla,
repetimos,
enteramente
conformo
a
la
prc
tica
ele
muchas
naciones,
i
contra
la
cual
no
sabemos ejue
haya
reclamado
una
sola.
No
es
necesario
decir
cjue la
independen
cia
del
poder judicial
exime
al
gobierno
de toda
responsabilidad
relativamente
a
la
sentencia
que
el
juzgado
de
imprenta
piro-
nuncie.
Se
ha
citado
contra
el
gobierno
de
Chile
el
caso
de
un
artculo
injurioso publicado
en
El
Mercurio
de
Valparaso
contra
un
jente
de S. M.
B..
Pero
podemos
asegurar
que
en
esta
ocu
rrencia
el
gobierno
britnico
(segn
lo
expres
su
ministro
de
negocios
extranjeros
a
don Francisco
Javier
Rosales)
se
habria
dado
por
satisfecho
con
la
prosecucin
judicial
de
la
ofensa,
cualquiera
que
hubiese sido
el fallo del
juzgado
de
impirenta.
El
mismo ministro
(cpue
era
entonces lord
Palmerston)
cit
en
esta
conferencia
un caso
particular
en
cpue
el
gobierno
de
la
Gran
Bretaa habia
procedido
de
esta
manera.
(El
Araucano,
ao de
1845.)
DCHO.
INT.
m
1...,546,547,548,549,550,551,552,553,554,555 557,558,559,560,561,562,563,564,565,566,...637