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Paralelamente, hicimos consultasycreamosunvínculo interdisciplinario
con profesionales del derecho y funcionarios de laDefensoríaGeneral de
la Nación. Era imprescindible adentrarnos en un campo de conocimiento
que hasta hacía muy poco tiempo no habíamos necesitado y ahora ansiá-
bamos. Principalmente queríamos conocer qué recursos estaban disponi-
bles para reactivar la investigación. Nuestro interés no era hacer una eva-
luación del procedimiento investigativo, sino lograr que se pusiera enmar-
cha nuevamente luego del estancamiento ocurrido a poco de sucedido el
hecho. Nos movilizaba el deseo de encontrar aquello que permitiera con-
tinuar el proceso, y pensamos qué podría aportar la etnografía para con-
seguir esos objetivos. Para ello fuimos poniendo en relación la informa-
ción disponible: documentación escrita, material audiovisual, conversa-
ciones personales con actores y colaboradores (Carrasco, 2013b).
Losmiembros del pueblombyamanifestaron su voluntad de acompa-
ñar las medidas que se consideraran necesarias para retomar la investiga-
ción. Los abogados, defensores y académicos consultados propusieron
encaminar la estrategia de solicitar el derecho a querellar contemplado en
diversos Pactos Internacionales deDerechos Humanos que legislan sobre
las garantías de protección judicial de acceso igualitario a la justicia y
tutela judicial efectiva: de este modo los damnificados directos (padre/
madre) podrían intentar constituirse en parte querellante y así impulsar la
investigación. Sin embargo, el Código Procesal Penal de la provincia de
Misiones no contempla esta posibilidad, por lo cual parecía interesante la
utilización de la figura del
amicus curiae
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actualmente regulada en la
acordada 28/2004 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esta
alternativa fue presentada a la comunidad de la aldea Takuapí; se explicó
en qué consistía y qué resultados podrían esperarse. En abril de 2013 se
hizo lo mismo ante el
Aty Ñeychyro
reunido en la aldea Pindo Poty. En
esta oportunidad se conversó sobre quiénes debían ser los querellantes: la
familia y/o la comunidad deTakuapí o -teniendo presente el manifiesto de
los jefes de agosto de 2010, quienes reunidos en Takuapí solicitaron al
"cacique" de esta aldea que presente a las autoridades policiales su de-