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(1965b), Gluckman nos propone analizar cómo las normas sociales pro-

ducidas culturalmente influyen en los juicios tribales.

Usando el espacio de análisis de las Cortes Tribales Nativas, y califi-

cándolas como agentesmorales de costumbres y conflictos enÁfrica, sus

estudios de antropología jurídica tienen como centro de reflexión la Ley

Tribal. Ella, además de ser un procedimiento normativo que orienta la

resolución de conflictos en la sociedad, es también un espacio de

agenciamiento donde los individuos producen visiones y percepciones de

su sistema normativo:

[H]ay conflictos entre los intereses de distintos individuos dentro de un

grupo y entre los intereses de los grupos menores dentro una sociedad

mayor. Hay también conflictos entre la sociedad con sus leyes y los

individuos y grupos que componen la sociedad: estos conflictos se en-

focan en los líderes que tienen para aplicar la ley, por lo cual, en la

resolución de las disputas y otras acciones de los líderes, surge la hos-

tilidad en contra de la autoridad, la que es planteada en términos del

conflicto entre los ideales del cargo y la fragilidad de la persona que

ocupa ese cargo en cualquier momento.Aquellos que no están satisfe-

chos no se culpan a sí mismos ni a las situaciones de conflictos contra-

puestos: ellos dicen que el líder es insatisfactorio (Gluckman, 1965a:

37 [traducción propia]).

Además de la figura de agenciamiento como hecho demovilización de

los individuosde la sociedad tribal ante susnormasycostumbres,Gluckman

plantea que estamos ante sistemas que relacionan: 1º los individuos de la

sociedad tribal, 2º segmentos de distintas sociedades tribales, 3º socieda-

des tribales con segmentos de la sociedad blanca; en otras palabras, sis-

temas de costumbre con un sistema de derecho mediados por relaciones

raciales: