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"es una herramienta útil para que los operadores del derecho alcancen un

conocimiento complejo de las circunstancias en que las personas se vin-

culan con el delito, así como los reclamos que se hacen a la justicia ante la

violación de derechos reconocidos". La importancia de un diálogo genui-

no entre la antropología y el derecho dará paso a una "justicia integral",

desplazando los esquemas cognitivos de una disciplina a la otra. Destaca

la importancia de la coordinación entre las jurisdicciones especiales indí-

genas y el sistema judicial nacional. En sus palabras: "Comprender de

manera integral la lógica de ejecutar la función de administrar justicia des-

de la cosmovisión y las prácticas internas nos permite dilucidar un ejerci-

cio de vida común y de armonía distinto a nuestra comprensión occiden-

tal". SébastienGrammond aborda, para el caso canadiense, la interesante

problemática de la apropiación de la identidad indígena por parte del de-

recho, es decir, de las normas jurídicas que pretenden definir quién puede

ser considerado

indígena

. Sostiene que han sido las reglas de la legisla-

ción federal las que han definido el "estatus de indio", así como las normas

adoptadas por los mismos pueblos indígenas, sean los "códigos de perte-

nencia" de las

primeras naciones

, la "costumbre" inuit o las reglas que se

han dado los gruposMestizos.Adoptar definiciones jurídicas del estatus

de indígena supone una cierta concepción de aquello que constituye la

identidad indígena en el "mundo real". La pregunta que se hace el autor, y

que desarrolla en la primera parte, es si existe compatibilidad entre las

definiciones jurídicas y el estado actual del conocimiento en las ciencias

sociales respecto al sujeto de la identidad étnica, y en particular la identi-

dad indígena; advierte que mientras el derecho es a menudo visto como

una construcción intelectual abstracta, las ciencias sociales abren al jurista

la puerta del "verdaderomundo", de la realidad social. Grammond sostie-

ne que lo que hace que una persona sea indígena es que participa en una

red de relaciones de ayuda mutua y de reciprocidad basado en las rela-

ciones de parentesco. Por último, propone que sería conveniente evaluar

si existen diferencias entre la identidad jurídica y la identidad sociológica,

de otromodo se podría constituir en una fuente de injusticia.