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vos que guiaban los estudios etnológicos de los juristas del siglo XIX,
cimiento sobre el que se alzaría la ciencia antropológica. Desde esta
perpectiva, se hace referencia a las tradiciones anglosajona, francesa y
latinoamericana, aclarandoque tambiénenpaíses deAsia,ÁfricayOceanía
existen interesantes estudios en el campo de la antropología jurídica. Lue-
go se presentan algunos aportes y discusiones que han tenido lugar al
interior de la antropología consolidada como tal sobre lo jurídico, y en
especial sobre el estudio del derecho indígena. Finalmente se abordan las
principales problemáticas que requieren su atención: la territorialidad, y su
importancia para el ejercicio de los derechos humanos de los pueblos
indígenas Se plantea que aun cuando está explícitamente reconocido este
derecho en los instrumentos jurídicos internacionales (reconocimiento al
derecho de conservar y reforzar sus instituciones y territorios), las estruc-
turas comunitarias y sus territorios continúan siendo esquilmados por re-
gulaciones que emanan del derecho positivo.Admitiendo que en la tradi-
ción latinoamericana es escasa la referencia a estudios y aportes prove-
nientes de países eurolatinos, el escrito deAntonino Colajanni constituye
una interesante contribución al conocimiento de la historia de la antropo-
logía jurídica en Italia que, como ha sido un común denominador de la
antropología, tuvo sus raíces en el trabajo realizado por especialistas del
derecho. Una considerable cantidad de juristas, autónomamente o en co-
laboración con investigadores sociales, dedicaron su tiempo y sus reflexio-
nes a los aspectos sociales y culturales de la fenomenología jurídica. La
etnografía jurídica, la descripción y el análisis de materiales de observa-
ción de comportamientos concretos, ha producido un corpus empírico
cuya presencia estimuló las discusiones generales sobre los temas clásicos
de la relación entre derecho y sociedad. Colajanni releva el aporte de
connotados especialistas del derecho que desde la etnología jurídica han
analizado las causas de la formación, transformación y disolución de las
instituciones jurídicas en otras sociedades y épocas históricas. Como con-
secuencia de las empresas coloniales italianas en África -a partir de las
primeras décadas del sigloXX en Libia y desde 1936 en Etiopia-, surgie-