Las convenciones internacionales de derechos humanos y la perspectiva de género - page 247

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Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”
f. ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y capacitación
que le permitan participar plenamente en la vida pública, privada y social;
Quinto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala – 2001
(…)
45.El Estado y la sociedad civil han hecho avances importantes para establecer un marco jurídico que
permita tratar el problema de la violencia intrafamiliar, primeramente a través de la ratificación de la
Convención de Belém do Pará y posteriormente a través de la promulgación de la Ley para Prevenir,
Sancionar y Erradicar laViolencia Intrafamiliar. Este marco jurídico debe ahora integrarse a un conjunto
más global de enfoques que contempla más recursos y atención a la prestación de servicios para las
personas afectadas por la violencia, incluyendo aquellos servicios que son necesarios para buscar y
recibir protección eficaz y recurso ante los tribunales. Aunque la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradi-
car la Violencia Intrafamiliar presenta un nuevo enfoque jurídico a este problema, el poder judicial,
que tiene la labor de hacer que ésta se cumpla, sigue debilitado por serias deficiencias propias del
sistema
324
.
g. alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan
a erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la
mujer;
h. garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las
causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de
las medidas para prevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de formular y aplicar
los cambios que sean necesarios, y
Informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador – 1997
(…)
La Comisión recomienda:
(…)
Que el Estado lleve a cabo estudios e informe sobre el predominio de la violencia contra la mujer y de la
violencia en el hogar en particular, para precisar las prioridades en la solución de las necesidades de las
mujeres, los hombres y los niños que son afectados
325
.
Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia – 1999
(…)
… [L]a Comisión formula las siguientes recomendaciones al Estado colombiano:
(…)
10.Que desarrolle sistemas que permitan recopilar los datos estadísticos necesarios para la formulación de
políticas adecuadas, basadas en cuestiones de género
326
.
i. promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experiencias y la ejecución
de programas encaminados a proteger a la mujer objeto de violencia.
324
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Quinto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Guatemala.
OEA/Ser.L/V/II.111 Doc.21 rev., 6 de abril de 2001, p. 241.
325
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. OEA/ser.L/
V/II.96 Doc.10 rev.1, 24 de abril de 1997, pp. 135–136.
326
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia.
OES/Ser.L/V/II.102 Doc. 9 rev. 1, 26 de febrero de 1999. p. 333.
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