Sistema Interamericano de Derechos Humanos : introducción a sus mecanismos de protección : (2011) - page 50

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cuenta los criterios que los Estados miembros de la OEA y las organizaciones
de la sociedad civil hayan indicado como relevantes para el desempeño del
cargo. De igual forma la Comisión tomará en cuenta criterios para que entre los
finalistas se encuentren candidatas y candidatos que representen equitativamente
a hombres y mujeres así como también la diversidad racial y la distribución
geográfica del continente
129
.
La Comisión tiene básicamente procedimientos para controlar la conducta
de los Estados con respecto a los derechos humanos establecidos ya sea en
la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre o en la
Convención Americana sobre Derechos Humanos. El primer procedimiento
le permite examinar la situación general de derechos humanos en el territo-
rio de un Estado determinado y preparar un informe sobre esta situación. El
otro le permite conocer de los casos de violaciones individuales de derechos
humanos.
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos está compuesta por siete
jueces, que deben ser nacionales de los Estados miembros de la OEA, pero
no necesariamente de los Estados partes de la Convención
130
. Los jueces son
elegidos por los Estados partes en la Convención de una lista formada por
esos mismos Estados y que contiene los nombres de juristas “de la más alta
autoridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos,
que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas
funciones judiciales conforme a la ley del país del cual sean nacionales o del
Estado que los proponga como candidatos”.
131
No puede haber dos jueces de
la misma nacionalidad
132
. La duración del cargo es de 6 años y sólo pueden
ser reelegidos una vez
133
.
El artículo 55 de la Convención Americana dispone que “[e]l juez que sea
nacional de alguno de los Estados Partes en el caso sometido a la Corte, con-
servará su derecho a conocer el mismo” y que “[s]i uno de los jueces llamados
a conocer del caso fuere de la nacionalidad de uno de los Estados Partes, otro
Estado Parte en el caso podrá designar a una persona de su elección para que
integre la Corte en calidad de juez ad hoc”. Esta norma está claramente destinada
129
Comisión IDH. Comunicado de Prensa Nº 41/06, consultado el 11 de diciembre de 2006 en
.
cidh.org
130
CADH, artículo 52.
131
Ibídem,
artículo 52.1.
132
Ibídem
, artículos 52 y 53.
133
Ibídem
, artículo 54.
1...,40,41,42,43,44,45,46,47,48,49 51,52,53,54,55,56,57,58,59,60,...232
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