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CARTA

FUNDAMENTAL:

OPERACIÓN

HISTÓRICA Y

CONSTITUYENTE

POR ALEJANDRA ARAYA

Decimos que una Constitución es la ley fundamental de

un Estado, con rango superior al resto de las leyes, ya que

define el régimen de los derechos y libertades de los ciu-

dadanos y delimita los poderes e instituciones de la orga-

nización política. Es una definición producto de procesos

históricos largos y de cambios radicales en las prácticas po-

líticas y los sistemas simbólicos que, para el caso americano,

tienen como hito la redacción de los textos fundamentales

como nuestra Acta de la Independencia Nacional, firmada

en Talca, en el año 1818, cuyo original fue destruido en el

Palacio de la Moneda el 11 de septiembre de 1973.

En el horizonte de un debate sobre una nueva Constitución

creo que es importante no pasar por alto el que ésta es esen-

cialmente el resultado de la práctica política y que es, en

esencia, un acto político con resultados materiales: un tex-

to, una carta fundamental. Impugnar este imaginario y las

prácticas que lo hacían operativo como sistema fue el centro

del proyecto cultural del régimen liderado por Augusto Pi-

nochet. Mi afirmación no tiene novedad, pero creo que es

importante retomar una operación en particular dentro de

las prácticas políticas del régimen, la de la interpretación

histórica de las propias acciones en el momento mismo en

que éstas sucedieron. La “clase magistral” que Pinochet die-

ra en la inauguración del año académico de la Universidad

de Chile el 6 de abril de 1979 inicia con la declaración de

una nueva independencia y una refundación de la nación.

No es menor el momento, ni el lugar, ni la institución es-

cogida para hacerlo, puesto que la instalación de la Univer-

sidad de Chile no se puede separar del acto fundante de la

historia, ya que desde 1844 cada año se inauguraba con la

lectura del texto ganador del concurso convocado a cons-

truir el relato de la nueva nación.

Pinochet legitima la acción que encabeza insertándola dentro

de la noción de tradición histórica, una de “intervenciones

militares”, diferenciándola al mismo tiempo de las que prece-

dieron a las Cartas Fundamentales de 1891 y 1924 en tanto

declara muerta la tradición democrática de la que formaron

parte. Lógicamente, el régimen aprecia la Constitución de

1833 y el Estado portaliano, y considera la del ‘25 “débil”,

pues dio origen al sistema de partidos. En tanto protector de

dichas tradiciones, el dictador es un “gobernante soldado” que

no dejaría a los chilenos entregados al “juego de las oligarquías

partidistas que nos condujeron a la crisis”. Esta conciencia de

la legitimidad de los propios actos en el marco de una “tradi-

ción” permite comprender que no haya contradicción entre

Columna

Directora del Archivo Central Andrés Bello

P.40

P.P. / Nº2 2016