“
Una cosa es el rol público
y otra cosa es la educación
pública. La Universidad Católica o la Universidad Austral
cumplen un rol público, pero la UC está constreñida
a lo que el arzobispo quiere. En la Universidad de
Chile no tenemos arzobispo, o sea, nos debemos
al país. Tenemos la obligación de actuar sin un
recetario y eso es mucho más difícil, pero
también mucho más rico intelectualmente”.
Un tema polémico sobre la nueva
Constitución apunta hacia la con-
sagración de ciertos derechos. De he-
cho, el ex Ministro Cristián Larroulet
presentó un análisis -criticado por su ri-
gurosidad metodológica- donde decía que
a mayor cantidad de derechos, más pobre es
el país…
Un primer consenso social es establecer cuáles
son derechos y cuáles no. Por ejemplo, si la sociedad
decide que la educación es un derecho, deja de ser una
mercancía; si en cambio decide que con ella se puede lu-
crar, es un bien de consumo. Si la pregunta es cuántos de-
rechos se van a establecer en una nueva Constitución, hay
diversas formas de definirlo.
Siguiendo con su ejemplo de la educación, ¿se puede con-
sagrar a la educación de calidad como un derecho sin ge-
nerar una tensión que podría llevar a su judicialización?
No hay que temer a la judicialización. Es una palabra
con una carga negativa, pero significa, institucionalmente,
que aquellas cosas que los ciudadanos no logramos resolver
por el diálogo directo, las resuelve un tercero, un juez. Por lo
tanto, si a alguien se le niega el derecho a una educación de
calidad puede recurrir a la justicia. Eso no significa que nos
vayamos a convertir en el gobierno de los jueces.
La educación pública como derecho
Entonces, ¿es posible que la educación pública tenga un
lugar en la nueva Constitución?
Eso se está discutiendo actualmente en la reforma a la
Educación Superior. Creo que la educación pública tiene
que estar instalada en un sitio constitucional. Es muy im-
portante que el país tenga una educación pública de calidad
en todos sus niveles. Eso no significa que todas las escuelas
y universidades pasen a ser públicas. Significa que dentro
del sistema educacional existan instituciones públicas que
promuevan una educación laica que mire exclusivamen-
te al país. Por el contrario, un colegio católico puede ser
muy bueno y respetable, pero evidentemente su objetivo
principal es plasmar los principios del catolicismo. Pasa lo
mismo con una escuela ligada a la Masonería. La Iglesia
Católica o la Masonería tienen el derecho de tener co-
legios, pero deben existir instituciones educacionales
sin más objetivos que producir el conocimiento que
requiere el país.
P.33
Nº2 2016 / P.P.