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Al igual que el proceso de establecimiento del objeto de estudio
-como una intersección-, el acercamiento técnico fue transdisciplinario,
esto es, mediante el diálogo de las disciplinas en torno a un objeto común,
tal como cada una de ellas lo comprende mejor. El punto de encuentro
quedó fijado entonces en los términos de generación del objetomismo de
conocimiento -la o las intersecciones elegidas- y del conjunto de pregun-
tas que se le formularon para cada campo temático.
Finalmente, asociada con las dos cuestiones anteriores, se puede su-
gerir que la estrategia de investigación en este tipo de temas debe ser
establecida al definir el objeto o universo de trabajo y al escoger las pers-
pectivas disciplinarias: dos elecciones íntimamente ligadas a las finalidades
mismas del ejercicio. No hay una solución preestablecida ni un paquete
técnico privilegiado; deben ser ínter construidos en el procesomismo de
la investigación y en el diálogo transdisciplinario.
En el texto preparado con Lartigue señalamos algunas intersecciones
que podrían ser exploradas desde esta perspectiva transdisciplinaria, teó-
rica y práctica, referidas a procesos sociales emergentes que están de-
mandando el procesamiento de nuevos discursos jurídicos o nuevos pa-
quetes normativos. Los ejercicios de los que se dan cuenta en este trabajo
y otros que se siguen realizando en el marco de los derechos humanos y
de la democracia han mostrado la riqueza que esta forma de aproxima-
ción, mediante la antropología jurídica, aporta, además de que puede ser
muy útil para los propios objetos de estudio.
Notas
1
Publicado en:
Revista Pueblos y Fronteras digital
, Nº 5, Junio-Noviembre 2008.
Estudios, aportes y retos actuales de la antropología jurídica en México <http://
www.pueblosyfronteras.unam.mx>.
2
Publicado el 1861 en Londres (Murray), reeditado en 1963 en Boston (Beacon
Press), traducción al castellano en México, FCE, 1980.