Transparencia y probidad pública: estudios de caso en América Latina - page 78

Transparencia y Probidad Pública. Estudios de Caso en América Latina
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Evidentemente, subsisten deficiencias y dificultades en la elaboración e implementación de una
política de Estado contra la corrupción.
Entre las más importantes podemos mencionar:
i.
La Junta Asesora cuenta con muy pocos recursos, cumpliendo en los hechos un papel casi
testimonial. Además, en su marco legal no se contempla una forma efectiva de participación
de la sociedad civil.
ii.
No existe una política de acceso a la información pública. No hay un marco legal que regule el
ejercicio de este derecho
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. Tampoco hay mecanismos de acciones administrativas o judiciales
rápidos y efectivos que lo amparen, y sigue subsistiendo una cultura “secretista” en el manejo
de la información en manos de las autoridades y el funcionario público en general.
iii.
Los sistemas de contratación de funcionarios públicos, si bien tienen marcos legales y re-
glamentarios precisos, son muchas veces desvirtuados por las autoridades de los distintos
organismos, no existiendo sanciones por tales conductas.
iv.
La legislación nacional sigue sin prever ni fomentar formas de control basadas en la participación
de la sociedad civil, que serían útiles en la tarea de fiscalizar y exigir rendición de cuentas.
v.
No hay tampoco aún una ley que regule el financiamiento de los partidos políticos.
vi.
No se ha reglamentado legalmente la norma constitucional que dispone que el organismo pú-
blico que haya pagado reparación por causa de daño a terceros en la ejecución de los servicios
públicos, pueda repetir contra el funcionario responsable del perjuicio por su culpa o dolo
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.
vii.
No se ha dotado al Poder Judicial de los recursos necesarios para otorgarle la capacidad
técnica suficiente para investigar debidamente los delitos de alta complejidad económica.
viii.
Tampoco se han tomado medidas destinadas a reforzar la independencia del Poder Judicial
frente a las presiones e influencias indebidas de la clase política. Una reforma del Estado
integral requiere de una reforma estructural del Poder Judicial que la convierta en un Poder
menos vulnerable frente a las presiones, más rápido y eficaz en su tarea de dictar justicia,
más inserto en la sociedad y más garante de los derechos humanos.
Si bien hoy el “caso BPA” parece olvidado bajo la urgencia de los sucesos políticos cotidianos,
debemos tener en cuenta que, más que su olvido, el problema es no haber extraído enseñanzas
para que no vuelva a repetirse.
Este caso se asemeja hoy a una tormenta que causó estragos pero
cuyas víctimas no sólo no aprendieron debidamente la lección, sino que no están previendo
inclemencias similares para el futuro.
9. Preguntas para la discusión
a. A su juicio, el caso Banco Pan de Azúcar, ¿podría considerarse como un caso aislado o como parte
de una corrupción sistémica?
¿Sobre qué base se puede arribar a una u otra conclusión?
b. ¿Qué elementos deben concurrir para que el control parlamentario de actos de corrupción
sea un mecanismo efectivo?
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Está en estudio hoy en la Cámara de Senadores un Anteproyecto de Ley sobre Acceso a la Información Pública presentado
por una coalición de ONGs interesadas en promover este derecho.
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El artículo 24 de la Constitución establece que todo órgano del Estado será civilmente responsable del daño causado a
terceros, en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección, y el artículo 25 indica que cuando
el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de
haber obrado con culpa grave o dolo, el órgano público podrá repetir contra ellos lo que hubiere pagado en reparación.
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