Derecho internacional de los derechos humanos en Chile - page 19

Capítulo I.
Estudio Introductorio: La recepción del Derecho Internacional de los …
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parte de nuestro ordenamiento jurídico y se les ha asignado un lugar preeminente en
nuestra estructura normativa. En el siguiente apartado veremos más específicamente las
normas de tratados internacionales que consagran derechos humanos, con el objeto de
determinar qué rango ocupan en nuestra pirámide normativa y las consecuencias prácticas
que ello trae para la protección de los derechos fundamentales en Chile.
2.2 La jerarquía de los derechos humanos consagrados en tratados internacionales: análisis del
artículo 5.2 Constitución Política
Cuando hacemos referencia a la jerarquía de los derechos humanos consagrados
en tratados internacionales, se busca responder a la interrogante acerca de cuál es la
posición que éstos ocupan en la pirámide normativa. Dicha cuestión es solucionada a nivel
de derecho nacional y es la Constitución de cada Estado la que resuelve normalmente
estas interrogantes; en caso de no ser resuelta normativamente, la jurisprudencia debe
hacerlo. Esta cuestión jerárquica es relevante tanto por la coherencia del sistema nor-
mativo, como por la cuestión de preeminencia ya que son las reglas técnicas de jerarquía
las llamadas a resolver los conflictos entre normas, mediante las reglas de subsunción
y, en particular, resuelven conflictos entre normas de distinto rango, dándole prioridad a
aquellas de rango superior
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.
En general, la recepción de los tratados de derechos humanos no tiene problemas
diferentes de los de la recepción del resto de los tratados. Sin embargo, cuando nos
enfrentamos ante la problemática de la jerarquía, existen diferencias de tratamiento en
el ordenamiento jurídico chileno ante tratados de derechos humanos. Para el objeto de
nuestro estudio, tiene una importancia fundamental entender cuál es la jerarquía que
ocupan los derechos humanos consagrados en instrumentos internacionales, a efectos de
comprender la interacción de protección que gozan los derechos fundamentales en Chile.
La respuesta a esta interrogante la encontramos en el análisis del reformado artículo 5º
de la Constitución Política.
2.2.1 Origen de la discusión en Chile
En Chile, la discusión referida a la jerarquía de los derechos humanos consagrados
en instrumentos internacionales se ha planteado fundamentalmente a partir de la reforma
a la Constitución de 1989.
La Constitución Política en su versión original de 1980 establecía en su artículo 5º, “el
ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales
que emanan de la naturaleza humana”. El año 1989 fue reformada y se agregó un se-
gundo inciso que dispuso: “Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales
derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales
ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
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DULITZKY, Ariel. “Los tratados de derechos humanos en el constitucionalismo iberoamericano”, op. cit,
p. 133.
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