EL tratamiento de la violencia de género en la organización de Naciones Unidas - page 33

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b)
El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma
de explotación intencional descrita en el apartado a) del presente artículo
no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los
medios enunciados en dicho apartado;
c)
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de un
niño con fines de explotación se considerará “trata de personas” incluso
cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado
a) del presente artículo;
d)
Por “niño” se entenderá toda persona menor de 18 años”
39
.
Este Protocolo contiene normas referentes a la prevención de la trata
de personas, su penalización, la protección, rehabilitación y posible
repatriación de las víctimas y la cooperación internacional entre Estados
partes. Sin embargo, debe tomarse nota de que este Protocolo se refiere
solamentehechosdetratadepersonasque“seandecaráctertransnacional
y entrañen la participación de un grupo delictivo organizado”
40
.
8.
Otros Instrumentos sobre Derechos Humanos de las Mujeres.
Naciones Unidas ha sido sede de varios otros acuerdos en materia de
derechos humanos de las mujeres, los que no necesariamente dicen
relación con el fenómeno de la violencia ni la mencionan directamente
pero que contribuyen a establecer un marco jurídico amplio con el objeto
de eliminar la discriminación contra las mujeres, tarea que sin duda
influirá positivamente en la eliminación de la violencia.
Se pueden mencionar como ejemplos la Convención Sobre los Derechos
Políticos de la Mujer del año 1952, que buscó ampliar la participación
política de lamujer, la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada
de 1957 y las convenciones celebradas en el marco de la
Organización
Internacional del Trabajo
que buscaron mejorar las condiciones laborales
de las mujeres
41
, entre otras.
Mención especial merecen la Convención sobre el
Consentimiento para
el Matrimonio, la Edad Mínima para Contraer Matrimonio y el Registro
de los Matrimonios
de 1962
42
y su posterior Recomendación, de 1965
43
.
Aunque ninguna de ellas menciona en forma explícita la violencia contra
las mujeres, es evidente que la mayor institucionalización y publicidad
39 Ibídem, art. 3.
40 Ibídem, art. 4.
41 Por ejemplo: C100
Convenio sobre igualdad
de remuneración,
1951; C111 Convenio
sobre la discriminación
(empleo y ocupación),
1958; C156 Convenio
sobre los trabajadores
con responsabilidades
familiares, 1981.
42 Naciones Unidas,
Asamblea General,
Convención sobre el
Consentimiento para
el Matrimonio, la Edad
Mínima para Contraer
Matrimonio y el Registro
de los Matrimonios,
Res. 1763 A (XVII), 7 de
noviembre de 1962.
43 Naciones Unidas,
Asamblea General,
Recomendación sobre
el Consentimiento para
el Matrimonio, la Edad
Mínima para Contraer
Matrimonio y el Registro
de los Matrimonios,
Res. 2018 (XX), 1 de
noviembre de 1965.
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