N° 23, junio de 2001
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Bioética y derecho
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adie discute las íntimas relaciones que existen entre la reflexión mo-
ral y la norma jurídica. Sin embargo, se trata de ámbitos diferentes
por intención, por audiencias y por ascendiente social. Muchos comporta-
mientos no punibles pueden ser, a pesar de ello, moralmente reprobables.
Algunas transgresiones de la ley, según las circunstancias, pueden no ser
moralmente reprobables.
La “tentación legalista” es muy frecuente. En el discurso social, especial-
mente en los países latinoamericanos, cuando existe una ley la gente piensa
que el problema que la originó queda zanjado, o la costumbre que regula
definitivamente fijada. También existe en algunos la impresión de que la
bioética podría reducirse a las normas jurídicas y de ese modo le niegan
un ámbito propio.
Como hemos señalado reiteradas veces, el comportamiento en relación
con la salud o con cualquier otro aspecto de la vida social suele estar regido
por creencias o por normas. A las creencias se arriba por conocimiento for-
mal e informal; a las normas, por el imperio de las decisiones democráticas
o de la autoridad política.
Cabe esperar, sin embargo, que en cualquier sociedad civilizada existan
puntos de vista discrepantes sobre variedad de materias. Ni las creencias ni
las normas pueden resolver los conflictos. Es ahí donde empieza el diálo-
go, alimento y fuente del pluralismo, que es la pluralidad social asumida y
aceptada. A través del diálogo es como la bioética contemporánea se hace
parte del esfuerzo transdisciplinario que supone articular y administrar
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