10
métodos alternativos para el esclarecimiento de la verdad y el establecimiento de
responsabilidades en los hechos
57
.
Dadas las tensiones presentes en la administración de la justicia transicional en esta
segunda fase, los principios de justicia asociados con la fase I fueron cada vez más
cuestionados. En una respuesta crítica al proyecto de justicia de postguerra de la fase I, la fase
II fue más allá de la justicia retributiva - del modo como se entiende históricamente. Los
dilemas transicionales en juego en la fase II se enmarcaron en términos más abarcadores que
la simple práctica de confrontar y demandar responsabilidades al régimen predecesor, e
incluyeron interrogantes acerca de cómo sanar las heridas de una sociedad entera e
incorporar diversos valores de un estado de derecho, tales como la paz y la reconciliación, los
que habían sido tratados previamente en gran medida como externos al proyecto de justicia
transicional. En consecuencia, el abandono de los juicios asociados con la justicia
internacional reflejó un giro en la comprensión de la justicia transicional, la que vino a
asociarse con las condiciones políticas más complejas y diversas de la reconstrucción de la
nación.
La fase II de la posguerra fría se encuentra en una posición crítica relativa a la justicia
transicional de la fase I. En el contexto de la fase II, con una creciente ola de transiciones a la
democracia y de reconstrucciones de naciones
,
la justicia transicional significó realizar
concesiones cruciales sobre el estado de derecho. Por ello, si bien inicialmente la justicia
transicional de la fase I parecía asumir su potencialmente ilimitada extensión y universalidad
en el derecho, ya en su segunda fase ésta fue reconocidamente más contextual, limitada y
provisional. En última instancia, el énfasis en la responsabilidad local en las transiciones de la
posguerra fría respondió a una perspectiva parcial y distorsionada de un conflicto bipolar
históricamente mucho más extenso. Dado que en la fase II se confió en formas de justicia
local o nacional y ello constituyó una respuesta crítica a la fase I, el modelo de la posguerra
fría, en último término, no fue apropiada para posteriormente generar una globalización de la
política en la cual los factores nacionales e internacionales contribuyeran inter.-
dependientemente al cambio político.
A.
Yuxtaponiendo la Verdad con la Justicia
Esta sección profundiza en el vínculo entre la forma de justicia transicional escogida y el
contexto político. En la fase II, la dinámica transicional central respondió a la justicia
transicional de posguerra mientras, al mismo tiempo, se diferenciaba respecto de ese período.
Las respuestas de la justicia transicional en la segunda fase, se apartaron de la justicia
transicional internacional de posguerra hacia estrategias alternativas. Esto se ilustró con el
surgimiento de un tipo de derecho con características híbridas y un giro hacia respuestas del
derecho y de la sociedad.
57
Sudáfrica es un ejemplo destacado. Un análisis de la función del Poder Judicial de Sudáfrica como factor en el
acuerdo transicional de amnistía nacional aparece en Paul Van Zyl, “Dilemmas of Transitional Justice: The Case
of South Africa’s Truth and Reconciliation Commission”, 52 J.
Int’l Aff
. 647 (1999). Se ofrece un análisis
integral del papel histórico que le cupo al Poder Judicial bajo el régimen de apartheid en Stephen Ellmann,
In A
Time Of Trouble: Law And Liberty In South Africa’s State Of Emergency
(1995); David Dyzenhaus,
“Transitional Justice”, 1
Int’l J. Const. L
. 163 (2003).