Derecho internacional de los derechos humanos en Chile - page 72

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Derecho internacional de los derechos humanos en chile
/
Claudio Nash Rojas
6.
Conclusiones
Lo que hemos intentado en este estudio es ilustrar el panorama de la protección de los
derechos fundamentales en Chile, desde una perspectiva normativa y funcional, que incor-
porara una visión integral de la protección de los derechos humanos desde la interacción
entre el DIDH y el derecho interno.
Desde fines del S. XX ha existido un creciente desarrollo del DIDH que se ha traduci-
do en la creación de catálogos de derechos humanos y mecanismos de protección. Esto
ha redundado en la necesidad de comprender la relación existente entre el sistema de
protección nacional e internacional, a la hora de enfrentar un caso de derechos humanos.
Así, vimos que dicha relación es de interacción recíproca en el desarrollo de derechos,
estándares y mecanismos de protección.
En el caso de Chile, los tratados internacionales que consagran normas de derechos
humanos, una vez ratificados y vigentes gozan de jerarquía constitucional en virtud de lo
dispuesto en el artículo 5.2 de la Constitución Política. Esto trae importantes consecuencias
para el Estado de Chile, ya que surgen obligaciones cuyo incumplimiento acarrea la res-
ponsabilidad internacional del Estado (obligación de respeto, garantía y no discriminación),
respecto de un amplio espectro normativo en materia de derechos fundamentales (se
agregan a este acervo normativo todas las normas de derechos humanos consagradas en
tratados internacionales, así como la interpretación que de dichos instrumentos realizan
los órganos de protección).
Junto con el estudio de la incorporación de los tratados internacionales de derechos
humanos, era necesario dilucidar a través de qué herramientas se introducen de manera
práctica en nuestro ordenamiento jurídico los derechos y libertades fundamentales con-
sagradas en instrumentos internacionales. Un elemento fundamental para dar concreción
a esta tarea es la utilización de la figura del “Bloque de Constitucionalidad”, de manera
de perfeccionar la protección de los derechos fundamentales a través de su utilización
tanto como elemento hermenéutico (complementando la interpretación de derechos
consagrados constitucionalmente), elemento integrador (incorporando derechos que no
se encuentran en el catálogo constitucional) y como parámetro de constitucionalidad. En
esta línea, encontramos jurisprudencia de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional
de nuestro país. Desde la perspectiva del litigante en derechos humanos, una mirada
desde el Bloque de Constitucionalidad permite ampliar las posibilidades de actuación en
el derecho interno incorporando estándares internacionales.
Asimismo, para dar una visión integral del proceso de utilización de estándares inter-
nacionales, estudiamos el control de convencionalidad como mecanismo del que disponen
los operadores de justicia para verificar la conformidad de las normas nacionales con la
CADH y su jurisprudencia, permitiendo al Estado concretar la obligación de garantía en el
ámbito interno. Este ejercicio normativo ha sido utilizado por los tribunales nacionales en
materia de pueblos indígenas, debido proceso, derechos del niño, libertad personal, entre
otros. Esto da cuenta de un paulatino avance hacia un sistema integral de protección de
los derechos humanos, que alcanza la normativa nacional e internacional.
Finalmente, una de las formas de dar efectividad al estudio de la interacción entre
el DIDH y el derecho interno, es conocer la manera de enfrentar un caso de derechos
humanos con las herramientas que proporciona el conocimiento de los tratados
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