Nutricionistas que aprenden. Guía para el desarrollo de proyectos con impacto

102 Figura 2. Descriptores “Alto en”. Según artículo 120 bis, Reglamento Sanitario de los Alimentos. Tabla 1 . Límites para descriptores nutricionales “Alto en”. Límites establecidos en el artículo 120 bis, Reglamento Sanitario de los Alimentos. Se consideran como productos líquidos aquellos cuyo contenido neto viene expresado en ml, l o equivalente. Se considera producto sólido cuando el contenido neto del producto viene expresado en g, kg o equivalente. Consistencia Alimento Energía o calorías (kcal/100 ml o g) Grasas saturadas (g/100 ml o g) Azúcares totales (g/ 100 ml o g) Sodio (mg/100 ml o g) Líquido 70 3 5 100 Sólido 275 4 10 400 Figura 3. Flujograma determinación descriptor “Alto en” en alimentos y bebidas. La evaluación se debe realizar conforme a los límites establecidos en el artículo 120 bis del RSA (Tabla 1 en este capítulo).

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