Panorama de estudios actuales del español en América
a u r o r a c a m a c h o b a r r e i r o | 390 Acerca de la cuestión del nombre propio en Cuba: dimensiones lingüística y jurídica de otras tradiciones, se une ahora la creación de una serie de nuevas uni- dades por parte de hablantes que valoran sobre todo la originalidad y el exotismo en el nombre de pila» (RAE y ASALE, 2010, p. 627). Entre los procedimientos descritos y los ejemplos aportados por la OLE (2010) se encuentran: • Anagramas de nombres ya existentes (Airam - María). • Unión de segmentos de los nombres de los progenitores (Alenia - Alejandro y Tania). • Fusión de varias palabras o partes de enunciados (Yesidawe). Sin dudas, se pueden considerar básicas las normativas que esta- blece esta obra fundamental que, por otro lado, describe con exactitud la originalidad y el exotismo como base de las nuevas tendencias onomás- ticas; pero advierte que si estas creaciones no alteran la coherencia gráfi- co-fonológica pueden ser aceptadas, no deben ser marcadas. Cuesta, sin embargo, adaptarse a la idea de una aceptación no cuestionadora, sobre todo si la extensa lista de curiosas aportaciones neológicas antroponími- cas provoca criterios divergentes. En realidad, desde el punto de vista lingüístico, no cabría exigir más requisito a los neologismos antroponímicos que su total adecuación a la ortografía y pronunciación españolas. Por ello, «con independencia de la extrañeza que puedan causar en el momento de su acuñación o de cuestio- nes relacionadas con el gusto personal o social, nombres como Yanisleidis o Dioel son perfectamente admisibles desde un punto de vista ortográfico» (2010, p. 628. Énfasis añadido). Tales requisitos chocan con una realidad lingüística problemática 8 y que rebasa la extrañeza o la poca familiaridad con un nombre asignado, lo cual es descrito por la OLE (2010). La corrección ortográfica o la ade- cuación a los patrones de pronunciación en español no parece cuestión suficiente para un análisis que atañe también a la comunicación y a la representatividad del nombre propio. 8 Realidad que aquí podría circunscribirse a la dificultad en la identificación del sexo de la persona a partir del nombre, toda vez que no existen referentes conocidos, y al posible daño moral que carga consigo quien debe explicar cuestiones formales y semánticas en un nombre.
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