Asesoría nutricional a jardines infantiles particulares. Guía para el profesional nutricionista

18 Programa nutricional Todos los establecimientos de educación parvularia que entreguen alimentación, deben tener un programa nutricional elaborado por un/a nutricionista, que considere, al menos, las pautas/recomendaciones alimentarias para el o los diferentes grupos etarios, con indicación del tipo, cantidad, consistencia, textura y frecuencia de los alimentos a entregar. Este requisito tiene como objetivo garantizar que los niños reciban una dieta científ icamente planif icada, adecuada a sus necesidades de desarrollo, promoviendo así su bienestar f ísico y cognitivo. Además, el establecimiento deberá acreditar la calidad del o la nutricionista, presentando el título correspondiente, en original o copia legalizada ante notario (Superintendencia de Educación, 2021). El programa nutricional es el apartado donde se indica lo que tiene que ver con la planif icación propiamente tal, adecuada al contexto del establecimiento educacional. La alimentación se debe basar en las normativas vigentes y estándares establecidos por el MINSAL. En la actualidad, se realiza a través de la “Guía de alimentación del niño(a) menor de 2 años” y “Guía de alimentación hasta la adolescencia”, como también se puede guiar por lo que establece la Junta Nacional de Jardines Infantiles y Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas en las bases técnicas, operativas y administrativas vigentes para la licitación de jardines públicos. En este documento se deben describir los tiempos de comida, la frecuencia de la alimentación, los aportes nutricionales de las preparaciones, alimentos incluidos en las mismas, recomendaciones dietarias, entre otros aspectos de la alimentación, como también señala la labor de los manipuladores de alimentos, cargos, responsabilidades y supervisión de estos (Junta Nacional de Jardines Infantiles, 2013; Superintendencia de Educación, 2021). PLANIFICACIÓN DE LA ALIMENTACIÓN Capítulo 3

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