Participación de personas con discapacidad en la educación sexual y afectiva integral (ESAI)

22 PARTICIPACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA ESAI En discusiones parlamentarias recientes 8 , se ha planteado la importancia de establecer normas para regular estas materias. Los argumentos a favor consideran que la ESI es una herramienta de pre- vención de violencias (incluyendo la violencia intrafamiliar), abusos y discrimi- nación, siendo vista como un derecho y una obligación estatal. Al mismo tiempo, la perspectiva integral va más allá de temas como, por ejemplo, la fertilidad y la fecundación, permitiendo robustecer la educación temprana y favorecer la autonomía progresiva y la toma de decisiones de manera informada. Las personas que se oponen a ampliar la ESI a todos los niveles educativos argumentan que la enseñanza desde la educación parvularia podría causar pérdida de la inocencia y adelantar la edad de inicio de la actividad sexual, pese a que diversas investigaciones y la experiencia de varios países plan- tean lo contrario. También se cuestiona su obligatoriedad por vulnerar la libertad de enseñanza y el derecho de madres, padres y tutoras/es a educar a sus integrantes, advirtiendo conflictos con las convicciones morales y religiosas. Defienden un enfoque centrado en valores familiares y la absti- nencia, oponiéndose a temas de género o diversidades sexuales, entre otros. Señalan también una posible rigidez curricular que menoscaba la autonomía pedagógica de cada proyecto educativo y dudan de la capacidad estatal para implementar programas de calidad sin los recursos adecuados. Las Orientaciones técnicas publicadas por la UNESCO (2018) reconocen estas in • qu ietudes y, ante ellas, destacan que: La educación en sexualidad y afectividad no tiene como impacto una inicia- ción temprana, sino más bien tiende a retrasarla en algunos casos y hacerla • más responsable. Ante la duda de que se “priva de inocencia”, este tipo de educación beneficia a niños, niñas y jóvenes con información adecuada a cada etapa del desa- rrollo y sin prejuicios. Además de entregar recursos que sirven en contextos donde existen mensajes conflictivos o dañinos. 8 Proyecto de Ley: Establece bases generales para la educación afectiva y sexual de niños, niñas y adolescentes, en los establecimientos educacionales, y modifica normas legales que indica (2019). https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=13500&prmBOLE- TIN=12955-04

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