La agenda pendiente en educación: profesores, administradores y recursos: propuestas para la nueva arquitectura de la educación chilena

157 Claudio Almonacid beral de hacer más eficiente y competitiva la prestación de los servicios socia- les, el gobierno militar definió la administración territorial del país y transfirió buena parte de los servicios sociales, incluyendo la educación al poder de las municipalidades, reservando para las instancias nacionales un rol financiero y supervisor” (OCDE, 2004: 71). Desde el punto de vista del financiamiento, el sistema escolar chileno, en sus niveles preescolar, básico y medio, opera bajo las modalidades subsidiada y privada. En la primera, compuesta por los establecimientos administrados por los municipios, los particulares subvencionados y las corporaciones reciben subvención del Estado, calculada según la asistencia de los estudiantes a los establecimientos. Los colegios particulares pagados, por su parte, no reciben aportes del Estado y funcionan solo con recursos aportados por los padres y apoderados. Los establecimientos privados, tengan o no subvención del Estado, gozan de exenciones tributarias. Recientemente el Servicio de Impuestos Internos esti- mó en más de 150 millones de dólares la exención de IVA a los establecimien- tos de educación (Correa y Ruiz Tagle, 2006). Según la Ley de Subvenciones (19.873 de 1988), el régimen de subven- ciones propenderá a crear, mantener y ampliar establecimientos educacionales cuya estructura, personal docente, recursos materiales, medios de enseñanza y demás elementos propios de aquella proporcionen un adecuado ambiente educativo y cultural. La subvención es un pago por alumno que se basa en una unidad deno- minada Unidad de Subvención Escolar (USE). El monto de subvención en USE difiere según el nivel de enseñanza (parvularia, básica, media, adultos, etc.), tipo de escuela (diurna, vespertina), región geográfica y condición de ruralidad. Asimismo, el monto de subvención es diferente según si el establecimiento tie- ne o no Jornada Escolar Completa (JEC). El aporte mensual que recibe el esta- blecimiento por concepto de subvención de escolaridad se calcula de acuerdo al promedio de asistencia efectiva de los alumnos en los últimos tres meses. La subvención escolar es entregada a los sostenedores de los estableci- mientos. En el caso de los colegios de dependencia municipal los recursos provenientes de la subvención son entregados al municipio. En los colegios particulares subvencionados, en cambio, estos recursos son entregados directa- mente al sostenedor. La subvención debe financiar los costos operacionales de los colegios, sin embargo, no existe una disposición que obligue al sostenedor a utilizar los recursos provenientes de la subvención escolar en el mismo esta- blecimiento, con lo cual estos recursos pueden tener otros destinos. Si bien las corporaciones empresariales funcionan bajo el mismo criterio, la forma de cálculo de la subvención escolar es distinta.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=