Coloquio democracia y participación universitaria

Senado Universitario [ 47 ] ¿Qué es lo que dice el informe sobre democracia de las Naciones Unidas? Destaca dos interrogantes: Cuánta pobreza puede soportar la democracia y cuánta desigualdad puede coexistir con la libertad. Eso es lo que nos pregun- tamos en este país. Al mirar a las instituciones del estado, el órgano del estado con su carácter público, llegamos a su representación más cercana para nosotros que es nues- tra Universidad, la Universidad de Chile. Acá nos detenemos y nos pregun- tamos cómo es la participación ciudadana en su interior. La Universidad de Chile es una institución pública estatal y se rige por Es- tatutos Orgánicos, que son hechos con un decreto con fuerza ley. En sus 169 años la Universidad ha tenido cuatro Estatutos, el de mayor duración el del año 1931, que se extendió hasta el 71’ y que se acabó comenzó a cambiar ya con la reforma del 68’. El año 71’ se crea este nuevo Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile con una característica que lo diferenciaba de los anteriores: permitía la participación de todos los estamentos en los gobiernos universitarios, ya sea eligiendo Rector o autoridades. Esas fueron las refor- mas concebidas con la Reforma del ’68. Lamentablemente este Estatuto del ’71 fue el de menor duración en el tiem- po, porque fue derogado el año 73’, tras el golpe de estado. Eran los Estatutos que contenían más democracia, porque habías sido debatidos públicamente -hubo muchas discusiones y tensiones en su proceso-, pero se habían logrado estatutos mucho más democráticos. Ahora, ¿qué son jurídicamente los Estatutos en la Universidad de Chile? Son textos refundidos, ya que los Estatutos del 31’ y 71’ eran solamente textos re- fundidos, coordinados y sistematizados, pero refundidos al fin. En el Decreto con Fuerza de Ley 25.381, que estableció los Estatutos de la Universidad de Chile el ’81, se instalaron las aprensiones propias de un gobierno autoritario, con restricciones fuertes a la participación. Con el advenimiento de la democracia, se instala la idea de que esos Estatu- tos no era propios de una institución democrática como lo es la Universidad de Chile, y se realizan por parte de la comunidad universitaria algunas ob- servaciones para cambiarlos. Lamentablemente, en el Congreso de la República se encontraron muchas contradicciones para su aprobación y esto se resolvió maquillando el estatuto del 81’ y derogando artículos. Finalmente, el actual Estatuto queda muy pa- recido, con algunos cambios, pero no es lo que uno quisiera en realidad, con más apertura y democracia. De todos modos hubo algunos avances democráticos y quisiera centrarme en los artículos más novedosos que se incorporan. Uno de ellos es el 3er. Ar- tículo del capítulo que habla de los “Órganos Superiores de la Universidad”. Se refiere al Senado Universitario como “el órgano colegiado encargado de ejercer la función de normativa de la Universidad. Tendrá como tarea fun- damental establecer las políticas y estrategias para el desarrollo institucional así como los objetivos y metas que conduzcan al cumplimiento de aquellas”. Es una función del Senado Universitario que la Universidad camine hacia una institucionalidad correcta. Revisamos el presupuesto, los reglamentos,

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