Justicia constitucional y derechos fundamentales: fuerza normativa de la constitución: 2010 - page 40

Justicia constitucional y derechos fundamentales
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que se encargan de poner en vigencia los mandatos constitucionales, a través de las
cláusulas y los principios generales del derecho —
mittelbare Drittwirkung
.
76
El
efecto mediato
en la protección de las libertades a través de la ley, en el fon-
do expresa el clásico esquema de libertades civiles del Estado liberal, aunque sin la
concepción de derechos como derechos públicos subjetivos; mientras que el
efecto
inmediato
de los derechos fundamentales exigibles judicialmente a terceros sin el
requisito de una norma intermedia para su vigencia, pone de realce la fuerza nor-
mativa constitucional, lo cual es propio del Estado democrático y social de derecho,
donde la dignidad y la igualdad—reales y no formales—como valor y como derecho
ocupan un rol delimitador de los demás derechos fundamentales, a través de princi-
pios como el deber de protección del Estado y el debido proceso sustantivo.
77
La eficacia frente a terceros tiene naturalmente límites, dada la diversa estruc-
tura normativa de los derechos fundamentales y las disposiciones del derecho
privado, así como de la antinomia entre estos. Como señala Alexy, el problema se
plantea en saber cómo y en qué medida ejercen esta influencia.
78
Así, la Constitu-
ción peruana plantea antinomias que se presentan entre el principio de la auto-
nomía privada según el cual nadie está obligado a hacer lo que la ley no mande,
ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe, y el principio de la irrenunciabilidad
de los derechos del trabajo cuando dispone que ninguna relación laboral puede
limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dig-
nidad del trabajador.
Si bien en dicho ordenamiento constitucional se incorporan sin mayor dificul-
tad los efectos horizontales de los derechos fundamentales, el Tribunal Constitu-
cional peruano ha consagrado incidentalmente en materia laboral en los casos
Telefónica
79
y
Llanos Huasco,
80
así como, en materia de derechos fundamentales
medioambientales en los casos
Nextel,
81
la fuerza normativa constitucional, a tra-
vés de la tesis de sus efectos inmediatos y directos frente a particulares, aunque
reconoce que en esa tarea de ponderación deben tomarse en cuenta los grados de
76 Pedro De Vega: «La eficacia horizontal del recurso de amparo: el problema de la
Drittwirkung der Grun-
drechte
», en
Derecho
, n.º 46, Lima: pucp, 1992, pp. 362 ss.
77 Juan María Bilbao Ubillos:
La eficacia de los derechos fundamentales frente a particulares. Análisis de la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional
, Madrid: cecp, 1997, pp. 283 ss. y 325 ss.
78 Robert Alexy:
Teoría de los derechos fundamentales
, o. cit., pp. 510-529.
79 stc, exp. n.° 1124-2001-AA-TC, del 11 de julio de 2002.
80 stc, exp. n.° 976-2001-AA/TC, del 13 de marzo de 2003.
81 stc, exp. n.° 4223-2006-PA/TC, del 2 de junio de 2007; y stc, exp. n.° 2268-2007-PA/TC, del 10 de diciem-
bre de 2007.
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