Control biológico de enfermedades de las plantas en Chile - page 143

143
-
Resolución Nº 909 de 2001: restringe el uso y manejo de todas las formulaciones de
plaguicidas agrícolas que contengan paraquat como ingrediente activo.
-
Resolución Nº 3.191 de 2001: modifica resolución Nº 909 de 2001 que restringe el
uso y manejo de plaguicidas que contengan paraquat como ingrediente activo.
-
Resolución Nº 90 de 2002: prohíbe la importación, fabricación, venta, distribución y
aplicación de plaguicidas de uso agrícola que contengan hexaclorobenceno.
-
Resolución Nº 91 de 2002: prohíbe la importación, fabricación, venta, distribución y
aplicación de plaguicidas de uso agrícola que contengan mirex.
-
Resolución Nº 78 de 2004: prohíbe la importación, fabricación, venta, distribución y
aplicación de plaguicidas de uso agrícola que contengan pentaclorofenol y sus sales.
-
Resolución Nº 8.231 de 2011: prohíbe la fabricación, importación, exportación,
distribución, venta, tenencia y uso de plaguicidas con clordecona, alfa-HCH, beta-
HCH, pentaclorobenceno, endosulfán, alacloro y aldicarb.
Proceso de Registro
La normativa vigente establece el sistema de evaluación y autorización de plaguicidas
en el país, de acuerdo al Sistema por Identidad, bajo el cual todo producto es evaluado caso
a caso. Por lo tanto, la información que debe ser presentada por las empresas y usuarios
que quieran registrar un plaguicida en el país, debe corresponder a la totalidad de la
documentación tanto para el ingrediente activo como para el producto formulado.
Esta normativa permite evaluar cada uno de los diferentes tipos de productos que
pudieran ser presentados para su evaluación, los que podrían corresponder a plaguicidas de
origen sintético o a productos naturales. En estos últimos, existe una amplia variedad de
tipos de productos entre los cuales se pueden mencionar a los derivados de extractos
vegetales, biocontroladores, feromonas y repelentes.
Consideraciones finales
El proceso de registro de plaguicidas en Chile está basado en directrices FAO, por lo
que la normativa nacional cuenta con un respaldo reconocido internacionalmente en su
elaboración.
La evaluación y análisis de la normativa nacional de plaguicidas corresponde a una
labor realizada en forma continua por el Servicio Agrícola y Ganadero, para contar con
productos plaguicidas que entreguen al usuario la seguridad en su uso y manejo, y de esta
manera proteger la salud de la población, de los animales y del medioambiente. Al tratarse
de un tema altamente dinámico, el SAG debe necesariamente realizar esta acción, para
apoyar el desarrollo de la agricultura nacional, e implementar procesos que permitan que el
país se convierta en una potencia agroalimentaria.
Este sistema ha colaborado en el desarrollo agrícola nacional y en el reconocimiento
internacional, como país exportador de productos silvoagropecuarios, trabajados y
elaborados con los correspondientes estándares de inocuidad, que entregue la tranquilidad
necesaria al consumidor final.
1...,133,134,135,136,137,138,139,140,141,142 144,145,146,147
Powered by FlippingBook