Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

156 Libró segundo: Títufo·undecimo. se les ha de preguntar tambien que oficio . banza , se nombre en e·I .Acuerdo (/) gene– tienen, de que viven , quien les ha habla- ra1 de essa dicha nuestra Audiencia, i no do para que digan sus dichos , i si les puedl examinar testigo ninguno de los irn– han dado por escrito la descendencia de pedidos, ni otro ninguno, si oo fuere an– (d) padres , o abuelos del que litiga, o te 1a dicha Justicia; i estando el testigo en en otra .manera , i esto, i otras cosas con Lugar de Señor10, se ha de cometer , i co– rnucha particularidad, mandando al testi- meta examinarle a la Justicia Realenga mas go que en todo diga verdad , apercibien- cercana , i en la receptoda , que se diere, dole que sera castigado como (e) testigo se especifique, i ponga particularmente, i falso. se le señale de salario ochocientos (m) mara- 2 Para dar a los testigos por impedí- vedis cada dia de los que en ellos se ocu– dos (f) se de traslado al Fiscal , o a la pare fuera de su jurisdicion en ida , i esta– parte , recibiendose a prueba con el termi- da , i buelta ; i al Receptor , que estuviere no breve, que pareciere, sin que en esto las ocupado haciendo qualquier probanza , oo partes reciban molestia; i no ~e ha de dar se le ha de cometer, ni cometa otra hidal– por impedido ninguno, sin que primero se guia (n) hasta que aya acabado la que estu– notifique al testigo, que se pretende impe- viere haciendo, i aya buelto a nuestra Chan– dir, que se le pagara la venida, estada, i cillería con la probanza, que uviere hecho; budta a su casa, en la forma ordinaria : i se i siendo de hidalguía, entregando el ori~ mire mucho que con unos mismos testigos ginal, como adelante (o) se dice: i si la tal no se den muchos por impedidos; i estar probanza , que estaba haciendo, fuere de impedidos se ha de entender para venir a negocio de otra calídad, antes que se le co– essa nuestra Aµdiencia; pero no para ir (g) meta la hidalguía, Ja ha de aver entregado, ante la Justicia Realenga , i ante el Recep- conforme a la ordenanza de essa nuestra Au~ tor , a quien se cometiere la probanza , i si diencia. para ir ante la Justicia Realenga estuvieren 4 Los Diligencieros, qae se uvieren impedidos , la dicha Justicia Realenga , i de nombrar , han de ser estando jun~ Receptor han de ir, i vayan al Lugar ,.don- el nuestro Presidente, i Oidores en Acuer– de estuvieren, a examinarlos personalmente do (p) general , para que alli re escoja, i a costa de la parte (h) por entonces , o de la elija el que fuere de mejor opinion , i de. que fuere condenada en costas; i la proban- mas confianza, para que , si alguno de ellos za que para dar los testigos por impedidos supiere algo contra el , este obligado a de– se uviere de hacer, ha de ser examinando cirio , i no se yerre en cosa de tanta con– los testigos para impedirlos por su (i) perso- fianza: i como hasta aqui se le deban ocho na el Alcalde, o Oidor, como queda dicho, reales de salario cada dia , se le den guardando en el exámen la forma , i orden de aquí adelante (q) quatrocientos marave• refürida. dis. 3 Que se cometa a la Justicia (j) Rea- 5 Que de oficio puedan los dichos nues- lenga, Corregidor , o su Teniente , o Cabe- tros Alcaldes, o Oidores embiar persoría a za de Partido , donde fuere el pleito , i saber, i verificar las. causas de impedimento · estuvieren las testigos impedidos, que los (r) de los testigos , quando conviniere , o examinen ante el Receptor, que se nombra- embiarlas en particular a las Justicias Rea~ re , i en el examen de ellos guarden la or- lengas , para que informen con mucha pun– den , i forma, que han de guardar el Alca!- tualidad de las tales personas a~si impedidas; de (k) de Hijosdalgo, o Oidor en exami- i si son de tanta edad como dicen, osi pade-· nar los que ante ellos vinieren, sin que se ex- ·cen los impedimentos , que se ponen ; i si sin ceda de ella en cosa alguna: i el Receptor, embargo de ellos caminan a pie, oa cavallo, ame quien se uviere de hacer la dicha: pro- o salen de su casa, i van al campo a sus ha- den- (J) L. J!. Je tttt tit. (t) L-4-7. i Aut.1, tit.17.lib.g.; l. Jo. l. t 7.1/01.(b) J· J}·"'P+ i .6. i l.¡ 6.ilos.(a) hot ,;,. (m) L. H• tit.,. lib.1. (/) L. ¡o. i ¡ I• "'P· 8. á, tstt 1it. (g) C11p. ¡. c11p. ¡. hoc tll. r .A,.t.1. tlt.7. /i6.¡. (n) .A11 ,. 1 • j 9.tit.i./,b s• . sit,.itntt. (b) Cap.¡. át 111 /. J ¡.; /. J(i. ho, tit. (iJ Cttp. 1. (o) C.,p. ?· ,1, ,,,." lei. (tl L. I I• cap. 6. 1. 1 • 7 • g/os. (h) l. ¡6. glos. (b) á, 1st11 lti. (j) G/os. (p:l á, ,st11 l1i. (!) e,.,. 1. i 6. glos. (, ) 1 tst" ler "'!· '·. ('f l L. 1 1 • glos. (l>) h,c tít. .A,ot.+• tit. tl111t11, i J. Jli.tlos. (a) htt tít. (1) C.op . +· i 6. J, tltll 1,i, 1 J• ho, t,b. • A ut. :,. ti/. 1. /ü,. g. (r) am,;,. hoc tit... 9.

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