Derecho de refugiados en el sur de América Latina - page 46

A. A. Can<;ado Trindade / Derecho internacional de ... '
19.
aproximaciones o convergencias entre estas vertientes de protección internacional'de la persona
humana se manifiestan en nuestros días no sólo en el plano conceptual, normativo
y
hermenéu–
tico, sino también en el plano operativo. Esta alentadora evolución se da, en últimainstáncia, en
beneficio del ser humano,destinatario de las distintas normas internacionales de protección.
NOTAS
(1)
H. Gros Espiell, "Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Internacional
de los Refugiados",
Etudes
et
essais sur le .droit internationa.l humanitai(e et
SU(
les P!ir¡cipes de la
Croix-Rouge en I'honneur de lean Pidet
(ed.) .'
.
Christophe Swinarskí, Geneve/La Haya, CICR/Níjhoff, 19, pp. 706 Y711; César Sepúlveda,Derecho
Internacional
y
Derechos Humanos,
Méxi'co,Comisión Nacional de Derechos Humanos, 1991., pp.
98-99; Christophe Swinarski,
Principales Nociones
e
Institutos del Derecho Internacional humanitario
como
Sistema Internacional de Protección de la Persona Humana,
San José de tosta Rica,
IIDH¡
1990,
pp. 83-88:
(2)
Cf. AA Can.;ado Trindade, "Co-existence and Co-ordínatfon ... ",
op, éit., infra
n. (29), pp. 1
C.Sepúlveda,
op. cit., supra
n.
(1),
pp. 105-107
Y
101-102.
(3)
Cf.
Y.
Sandoz, Ch. Swinarski y B. Zimmermann (eds.),
Cominentary on the Addítional Protocols
of
1977to
the
Geneva
Conventions
of 1949, Geneva/The Hague, ICRC/Nijhoff;1987, párrs. 4360-4418.
(4)
Christophe Swinarski,
Principales Naciones
e
'Institutos ... , op. cit., supra
n.
(n
pp. 86-87;
C.
Sepúlveda,
op, cit., supra
n. (1) pp. 105-106.
(S)
Naciones Unidas/Centro de Derechos Humanos,
Los Derechos Humanos
y
los Refugiados,
Ginebra,
ONU, 1994, pp. 3, 11-14
Y
20-21.
(6)
Ibid.,
p.
14.
(7)
Ibid.,
pp. 20 Y 12.
(8)
Cf.
Jaime Ruiz de Santiago, "El Derecho Internacional de los Refugiados en ¡Su Relación con los
Derechos Humanos y en Su Evolución Histórica", en
Derecho Internacional
de
los Refugiados
(ed.
Jeannette Irigoin), Santiago de Chile, Instituto de Estudios Internacionales/Universidad de Chile,
1993, pp. 31-87;
(9)
H. Gn?s Espiell,
op. cit.; supra
~.
(1), p. 707.
(10) F. Bory, "The Red Cross and Refugees",
Aspects
of
the Red
Cross
and Red Crescent,
Geneva, lCRC,
(1988), pp. 1,4-6 Y 10.
(11) A empezar por una resolución adoptada por la XConferencia Internacional de la Cruz Roja (Ginebra,'
1921), seguida por la resolución XXXI de la XVII C0nferencia (Estocolmo, 1948); resolución de la
XVIII Conferencia (Toronto, 1952); resolución XXI de la XXIV Conferencia (Manila,1981), conte–
niendo directriCes tituladas "Asistencia Internacional de la Cruz Roja a los Refugiados"; resoluciones
XVII, XIII, XV Y XVI de la XXV Conferencia (Ginebra, 1986); in
ibid.,
pp. 12-13.y 19-20.
(12) ACNUR,
Conclusiones sobre la Protección InternacioAalde los Refugiados, Aprobadas por el Comité
Ejecutivo del Programa del
ACNUR,
Ginebra, 1990, pp,
11, 21, 61, 84, 97 Y 134.
(13) Conclusión NQ 22 (1981), parte B, párrafo 2 (b), (e) y
(fl,
y parte A, párrafo 1.
(14) Conclusión NQ 50 (1988), ítem (b).
(15)
Ibid.,
items
(i),
(j)
y (1 l.
(16) ConClusión NQ 56 (1989), ítem (b) (vi).
(17) La propia
Agenda para la Paz
(1992) del Secretario General de las Naciones Unidas, al elaborar sobre
la diplomacia preventiva, prevé un sistema de alerta anticipada para casos 'de amenazas
á
la paz. La
1...,36,37,38,39,40,41,42,43,44,45 47,48,49,50,51,52,53,54,55,56,...426
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