Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina:

ASPECTOS JURIDICOS DEL USO PLURINACIONAL DE LAS CUENCAS HIDRICAS EN LA AMERICA LATINA Guillermo J. Cano l. INTRODUCCIÓN 1. Este documento es escrito a invitación del Instituto de Estu– dios Internacionales de la Universidad de Chile, como contríbu– ción a las Segundas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Inter– nacional (Viña del Mar, 1-5 diciembre 1980). El tema general de la reunión, que enmarca este trabajo, es "El rol del derecho inter– nacional en la construcción de la unidad latinoamericana", y el de la Parte 1I del Programa, en la que figura, es el de "La regulación jurídica internacional de los complejos de obras públicas binacio– nales y multinacionales". Según el Programa Preliminar distribuido, otros expositores han sido invitados a ocuparse también de este último asunto, y por tan– to los subtemas asignados a ellos limitan el mío. Lo que dejo pun– tualizado para evitar que si algún lector lee este trabajo sin con– sultar los demás, estime que el presente es incompleto, cuando en la realidad se complementa con los de los Drs. Félix Peña, Ray– mundo Barros Ch., Didier Opertti, Juan M. Rouvier, Fermín To– ro ]iménez y Julio C. Lupinaci. 2. Enmarcado este documento en un tema de fondo tan trascen– dente para el futuro de los pueblos de América Latina como es el de la construcción de su unidad, cabe comenzar señalando que, efectivamente, el desarrollo de los recursos hídricos internaciona– cionales es una de las herramientas no sólo idóneas sino necesarias para avanzar en el camino de esa unidad. El cuadro 1 contiene la nómina de las cuencas hídricas internacionales de América Latina, y su sola lectura muestra que es poco lo que hemos avanzado los americolatinos en ese camino. Si bien casi todas ellas son materia de tratados de límites, escasas son las que han sido motivo de con– venios específicos tendientes a promover o lograr su aprovechamien– to, y la escasez de ellos es uno -no el único- de los factores que posterga su utilización. Si bien, como se verá más adelante, en el ámbito latinoamerica– no algunos principios generales de derecho fluvial internacional han quedado ya delineados, es obvio que es mucho lo que resta. por andar en ese camino. No es extraña a tal ausencia, la circunstancia 61

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