111.
Los prinClplOs y políticos ombientales del régimen se tratarán en
particular en el Copítulo VI, sección 1, infra.
54. Recomendación XI-J, pár. 7, 1 (a) (b).
55. CRAMRA, Artículo 2, 1, (o) y (b). Para los antecedentes, véase
Proyecto de Artículos 1983, Artículo
JI
(a) (b); Proyecto de Artículos 1984,
Artículo
JI,
1 (b); Proyecto de Artículos 1986, Artículo 2,
l.
56. CRAMRA, Artículo 2, ] (d) Y Artículo 3. Para los antecedentes
véase el Proyecto de Artículos 1983, Artículo II, (c), (e); y el Proyecto de
Artículos 1984, Artículo
TI;
1, (c) (d). El principio de que no deberá
reéllizorse ninguna octividad fuera del régimen fue establecido en el
Proyecto de ArtícuJqs 1984, Artículo
JI!
bis; la versión de 1983 de este
Proyecto contenía una disposición parecida en el Artículo VI, 2, que era un
caso de la apliCélción específica del Artículo X del Tratado de 1959, en la
medida que
jnvolucra~ala
responsabilidad colectiva de las Partes del
régimen, de realizar los esfuerzos apropiados, consecuentes con la Carta
dejas Naciones Unidas, con el fin de que nadie emprenda actividades
mineras Antárticas que sean contrarias alos objetivos y principios del
régimen. Véase también el Proyecto de Artículos 1986, Artículo 3.
57. Para un amHisis sobre estos puntos de vista, véase, en general,
Berguño, loe.
cit.,
Capítulo 11 supra, nota 124.
58. Beeby, loe. cít., nota 6 supra, p. 194.
59. CRAMRA, Artículo 4. Para los antecedentes, véase el Artículo III
del Proyecto de Artículos 1983, el Artículo
IJl
del Proyecto de Artículos
1984 y el Artículo 4 del Proyecto de Artículos 1986.
60. El co.ncepto de un «régimen de uso abierto» no fue propuesto
oficialmente, pero se consideró en varias proposiciones académicas y de
otro tipo. Véase William E. Westermeyer:
The Politics of mineral resource
development in Antarctica,
1984, 63-67. Para una expresión anterior de
preocupación al respecto, Earthscan:
The future of Antarctica,
Press briefing
docume.nt N°S, 1977. Reproducido en U.5. Sena te,
Hearil1g
011
Exploitation
of Antarctic Resources,
1978, 189-224. Véase tambjén el Capítulo V1J infra,
donde se trata este enfoque con mayor detalle.
61.Véase Alexandra M. Post:
Deepsea
Mil1il1g
aJ1d the Law of the Sea,
1983, p. 164-171.
62. CRAMRA, Artículo 2, l. Véase télmbién como antecedente el Pro–
yecto de Artículos 1984, Artículo 11, 1 (e).
63. Proyecto de Artículos 1984, Artículo TI, 2 (b). Véase también el
Artículo 2 del Proyecto de Artículos 1986.
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