N° 30, marzo de 2003
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Consecuencias de los conflictos de intereses
P
uede decirse que existe un conflicto de intereses siempre que las mo-
tivaciones y fines explícitos de una acción no coincidan con los ver-
daderos motivos o intenciones que mueven a realizarla. Así por ejemplo,
un abogado que dice defender a su cliente pero en realidad sólo busca
maximizar su ganancia llegando a tratos ambiguos con la parte contraria
está incurriendo de hecho en una situación de este tipo. Un superior je-
rárquico que aprovecha su posición para dar órdenes que le satisfacen per-
sonalmente, ignorando las finalidades del buen servicio, comete asimismo
un acto conflictivo.
Desde el punto de vista de la investigación científica, es conveniente dis-
tinguir los conflictos auténticos de interés, a veces desconocidos o no per-
cibidos por quienes se ven involucrados en ellos, de aquellas situaciones
en que maliciosamente se ocultan los verdaderos intereses. Es posible que
un investigador desconozca el real origen de los fondos que financian sus
estudios y, no obstante, aparezca en público defendiendo intereses espu-
rios. Puede haber casos en los cuales una determinada empresa en reali-
dad sea propiedad de consorcios cuyas finalidades contrariaban los fines
beneficentes de un estudio (por ejemplo, una tabacalera que a través de
una subsidiaria financia investigación en salud). Se puede suponer que
estar financiado por una industria farmacéutica al investigar la eficacia de
un producto no influirá sobre las conclusiones lógicas de un estudio y sin
embargo la experiencia demuestra que existe un sesgo, mayor o menor, a
considerar positivamente los efectos del producto que genera los recursos.
Una explicación alternativa es que se publica sólo lo positivo y se disimula
lo negativo porque las propias revistas científicas suelen no acoger estudios
poco concluyentes.
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