Nutricionistas que aprenden. Guía para el desarrollo de proyectos con impacto

28 ★ Impuestos a las ventas y servicios: son impuestos específicos (venta de vehículos, productos suntuarios, bebidas alcohólicas y analcohólicas, ciertos productos) y generales (al valor agregado, IVA). El IVA corresponde al 19% sobre el precio neto y debe declararse mensualmente. Cuando es recargado a las compras que realiza la empresa o sociedad, se denomina IVA Crédito fiscal (CF) el que queda como un saldo a favor (para pagar el IVA débito fiscal), y cuando es recargado a las ventas que realiza la empresa o sociedad, se denomina IVA Débito fiscal (DF). De la diferencia entre el IVA CF y el IVA DF se obtiene el IVA que queda como saldo a favor o el IVA por pagar. Si el IVA CF > DF, quiere decir que hay un saldo a favor para el periodo siguiente que queda como remanente. Si el IVA CF < DF, quiere decir que hay IVA por pagar. ★ Impuestos específicos: al tabaco, cigarro, cigarrillos, combustibles, entre otros. ★ Otros impuestos: a temas específicos como comercio exterior, juegos de azar, timbres y estampillas, a las herencias, asignaciones y donaciones. Aspectos laborales La ley regula las relaciones laborales entre empleados y empleadores. La legislación laboral que aplica a la empresa o institución dependerá del tipo de empresa o institución. Las principales regulaciones son: ★ Estatuto Administrativo: regula las relaciones laborales entre Estado y el personal de los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y de los servicios públicos centralizados y descentralizados, ya sea en cargos a contrata o de planta. ★ Código laboral: aplica a las relaciones laborales entre una persona natural o jurídica con otra persona natural, mediante un contrato de trabajo. Aplica a instituciones o empresas privadas. En dichas normativas se regulan aspectos como: elementos a incluir en el contrato de trabajo, jornada laboral, remuneraciones, vacaciones, terminación del contrato, indemnización, protección a los trabajadores y a la vida familiar (pre y post natal, permisos por cuidado o muerte de familiares, seguro de accidentes y enfermedades profesionales, límites para manejo manual de carga, etc.), sindicatos, comité paritario, reglamento interno, carrera funcionaria, capacitaciones, acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, entre otros. Además, todas las instituciones deben cumplir con el Decreto 594 de condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo que establece regulaciones, límites y parámetros de aspectos sanitarios y de seguridad laboral (contaminación, saneamiento básico, condiciones de la infraestructura, n° de baños, distancias con la faena, etc.). En el caso de personas contratadas a honorarios, ya sea en el sector público o privado, las personas se regirán directamente por lo que esté estipulado en su contrato de trabajo, sin acogerse ni al Estatuto Administrativo ni al Código laboral. Además, hay regulaciones específicas para ciertos trabajos, tanto en el sector público como privado, por ejemplo: estatuto docente, estatuto de atención primaria de salud municipal, trabajadores de artes y espectáculos, normas laborales en el rubro del turismo, etc. lo que será necesario de considerar dependiendo del giro de la empresa. Todas las empresas deberán cumplir con el sueldo mínimo establecido en la ley 21.578, y las modificaciones que se realicen a esta ley a lo largo del tiempo. Así también deberán cumplir con el pago de las cotizaciones obligatorias (salud y previsión social) de sus trabajadores, el pago del seguro de accidentes del trabajo y enfermedad profesional, el seguro de cesantía y el seguro de invalidez y sobrevivencia.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=