Agresiones sexuales. Reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas y sociales

293 Violencia Sexual Policial: Nudos Críticos del Proceso de Reparación Para las Víctimas Amanda González Lamour, Matías Quintanilla González. este proceso no suponga exponer a la víctima a la victimización secundaria. Pese a todo lo descrito anteriormente, la literatura muestra que más bien ocurren situaciones que generan victimiza- ción (múltiples declaraciones, por ejemplo) y que, en general, el procedimiento judicial genera desconfianza en los mismos acto- res implicados en este (Puyol, 2017). De esta manera, las víctimas, en general, reportan sentimiento de injusticia y frustración por el proceso, en donde las causas, muchas veces, no prosperan (Lama et al., 2015). Un avance en materias procedimentales se observa en la pro- mulgación de la Ley 20.968 (2016) que tipifica delitos de tortura y de tratos crueles, inhumanos y degradantes con el fin de poder dar cumplimiento a tratados internacionales que dan cuenta de esta materia. Esta ley no solo supone un cambio en la tipificación de estos delitos, sino que, además, incorpora la modificación que declara la incompetencia de los tribunales militares en aquellos casos en que un civil o un menor de edad revistan calidad de víc- tima o imputado (Ley 20.968, 2016). Esto pudo dar respuesta al mandato de la comisión del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que indica que el Estado de Chile debe excluir los casos de violaciones de DDHH del fuero militar (Amnistía In- ternacional, 2016), ya que estos tribunales deben juzgar solo a militares que atenten contra bienes jurídicos propios de la orden castrense (Muñoz, 2016). Esto, sin contar el cuestionamiento a la legitimidad del sistema de justicia militar por, entre otras cosas, la falta de garantías del debido proceso lo que pone en cuestiona- miento la igualdad en la aplicación de la ley entre ciudadanos y personal militar. De esta manera, la sanción penal de estos casos queda en manos de los Tribunales Orales en lo Penal. Junto al procedimiento y sanción penal de los casos de vio- lencia policial, al interior de las instituciones policiales se esta- blecen investigaciones y sanciones administrativas, sin embargo, estos procedimientos no se hacen cargo de delitos cometidos—en el entendido de que estos son manejados por los tribunales de justicia—, sino que más bien de faltas en las que pueda incurrir el personal (Montecinos, 2019). Estas faltas son clasificadas de la siguiente manera: relativas a la integridad moral del funcionario

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