Agresiones sexuales. Reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas y sociales

291 Violencia Sexual Policial: Nudos Críticos del Proceso de Reparación Para las Víctimas Amanda González Lamour, Matías Quintanilla González. 1994). En este caso, el Estado chileno se compromete a prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer, la que, según la propia convención, corresponde a cualquier acción que cause muerte, daño o sufrimiento a la mujer en base a su gé- nero, tanto en el ámbito público como en el privado (OEA, 1994). En este sentido, el Estado toma el compromiso de un rol activo en que se abstendrá de cualquier forma de violencia hacia las mu- jeres y velará por que sus agentes e instituciones se comporten conforme a esta obligación (OEA, 1994). Esto va más allá, pues el compromiso ratificado por el Estado es actuar con diligencia para prevenir, investigar y sancionar, adoptando medidas jurídicas jun- to a mecanismos judiciales y administrativos para hacer efectiva la Convención misma. Finalmente, el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, también conocido como Protocolo de Estambul, fue implementado a partir del año 2008 en Chile (ACNUDH, 1999). Este instrumento, si bien tiene un carácter más bien forense, es útil en tanto introduce el concepto de tortura sexual, la cual co- mienza con la desnudez forzada, además de amenazas verbales, los insultos y las burlas sexuales, llegando incluso a la violación o a la sodomía (ACNUDH, 1999). En este sentido, el Estado chileno en el año 1987, mediante la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU, 1984) adquiere el compromiso de erradicar toda forma de tortura, sin excepciones, y castigando penalmente este acto que debe ser tipi- ficado como delito. En términos procedimentales, se han descrito diversas carac- terísticas sobre el proceso judicial en torno a la violencia policial. Ante todo, resulta relevante mencionar que el INDH, uno de los organismos encargados de recibir denuncias de violaciones de Derechos Humanos, en su Informe Anual 2019 (INDH, 2019) in- terpuso más de 130 querellas por violencia sexual, en la que ma- yoritariamente se reconocía como victimarios a uniformados de carabineros. Como se mencionó previamente, estos casos se die- ron en contexto de revuelta social en el país y, si bien representa un número elevado en consideración de que la cifra se enmarca

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