Gobernanza de plataformas digitales en Chile: antecedentes y recomendaciones desde la evidencia
ponsabilidad de plataformas digitales. El primero refiere a la insuficiencia del régimen general de responsabilidad civil por culpa o dolo para abor- dar estos conflictos, dado que exige probar negligencia de la plataforma sin contar con estándares claros de diligencia debida. En este sentido, se ha planteado la conveniencia de avanzar hacia modelos de responsabilidad condicionada, similares al safe harbor , donde la inmunidad del intermedia- rio se pierde si este no actúa oportunamente tras una notificación efectiva. Un segundo nudo crítico es la distinción entre el autor directo del daño y la plataforma como intermediaria. Si bien las empresas suelen alegar que no son responsables por contenidos creados por terceros, esta distinción se vuelve más compleja cuando sus sistemas algorítmicos amplifican, recomiendan o monetizan contenidos potencialmente dañinos. En estos casos, la plataforma deja de aparecer como un actor meramente pasivo, cuestión que la jurisprudencia chilena aún no ha abordado con suficiente profundidad. Un tercer debate refiere a la eventual aplicación de la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores a servicios digitales aparentemente gratuitos. Mientras las plataformas tienden a negar una relación de con- sumo tradicional, parte de la doctrina sostiene que el intercambio de da- tos personales puede configurar una relación contractual que obligaría a garantizar condiciones mínimas de seguridad, calidad y protección frente a fraudes, acoso u otros daños. Finalmente, se advierte el riesgo de delegar funciones cuasijudiciales en empresas privadas. Si las plataformas son presionadas a eliminar con- tenidos ante la mera denuncia, pueden generarse incentivos a la sobre- rremoción o chilling effect 11 . Por ello, la calificación de contenidos como ilegales debería recaer preferentemente en órganos jurisdiccionales o ad- ministrativos independientes, y no quedar entregada exclusivamente a los términos y condiciones de empresas transnacionales. 4.8 Desinformación en contextos electorales en Chile: com- promisos en materia de integridad de la información El Servicio Electoral de Chile (SERVEL) es el organismo que ejerce la ad- ministración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y 11 Se refiere al “efecto disuasorio”, que implica que una persona o grupo de personas se abstiene de ejercer sus derechos, como el de expresión u opinión por temor a represalías. 42 43 POLICY PAPER GOBERNANZA DE PLATAFORMAS DIGITALES EN CHILE: ANTECEDENTES Y RECOMENDACIONES DESDE LA EVIDENCIA
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