Gobernanza de plataformas digitales en Chile: antecedentes y recomendaciones desde la evidencia
Sin embargo, la esfera pública habermasiana supone un potencial con- vergente de la democracia deliberativa que la esfera pública digital no parece promover. García-Marzá y Calvo (2024) sostienen que esta última tiende a operar menos como espacio de deliberación común que como agregación de opiniones individuales convertidas en datos dentro de sis- temas aparentemente neutrales. Así, más que cuestionar los supuestos normativos y morales de las personas usuarias, las plataformas tienden a reproducirlos, amplificarlos o distorsionarlos, incluso mediante mecanis- mos automatizados como bots . Esta crítica, sin embargo, debe matizarse, pues el modelo deliberativo ha- bermasiano también ha sido cuestionado por subestimar las desigualda- des de estatus, reconocimiento y poder que condicionan quiénes pueden participar y ser escuchados en la esfera pública (Fraser, 1990; Sáez, 2018, entre otros). En el entorno digital, estas asimetrías no desaparecen, sino que adquieren nuevas formas: se vuelven más opacas por la mediación algorítmica y por la tecnificación de decisiones que inciden en la visi- bilidad, jerarquización y circulación de contenidos. Así, los desafíos de la esfera pública digital combinan problemas clásicos de la democracia deliberativa con nuevas formas de poder tecnológico. En suma, las plataformas digitales no son infraestructuras neutrales de intercambio comunicativo: sus arquitecturas incorporan normas y valo- res orientados por lógicas de dataficación, mercantilización y selección, que pueden entrar en tensión con principios públicos como privacidad, equidad, transparencia, responsabilidad y control democrático (Foro In- formación y Democracia, 2023, p. 16). 3.3. Las plataformas digitales como comercio internacional. Obligaciones de las empresas y de los Estados El entorno digital basado en Internet se ha vuelto cada vez más impres- cindible para el desarrollo humano, impactando en las instituciones co- merciales y jurídicas. En este contexto, los acuerdos comerciales -tratados de libre comercio, protocolos comerciales, acuerdos de asociación- han incorporado normas que eventualmente podrían tener repercusiones en lo que se entiende como “plataforma digital”. Entre estos instrumentos destaca el Acuerdo sobre Comercio Electróni- co de la Organización Mundial de Comercio (OMC), presentado en 2024 y aún sin entrar en vigor al cierre de este informe, por abordar temas como flujos transfronterizos de datos y protección de datos personales (OMC, 2024a). Este tipo de instrumentos sitúa a las grandes plataformas 18 19 POLICY PAPER GOBERNANZA DE PLATAFORMAS DIGITALES EN CHILE: ANTECEDENTES Y RECOMENDACIONES DESDE LA EVIDENCIA
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=