Estudios en homenaje al Dr. Gilberto Sánchez Cabezas

70 E studios en homenaje al doctor G ilberto S ánchez C abezas 2. LA EVIDENCIALIDAD COMO CATEGORÍA SEMÁNTICA La evidencialidad corresponde a la categoría gramatical vinculada con la de- terminación de la fuente de la información transmitida por la cláusula (Ai- khenvald 2004, De Haan 2013). En otro trabajo hemos caracterizado a la evidencialidad como una categoría intersubjetiva que introduce dos eventua- lidades en el discurso: una explícita, correspondiente a la situación designada por la cláusula, y otra referida al modo en que el hablante se informó de la pri- mera situación (Soto y Hasler 2013). A través de esta categoría el hablante indica al oyente que preste atención a la manera en que se adquirió la información. Al hacerlo, el hablante, en tanto conceptualizador, se integra en la escena conceptualizada sin perder el anclaje en la situación objetiva, razón por la cual, siguiendo a Langacker (2000), Soto y Hasler (2013) han propuesto que la evidencialidad correspondería a una ca- tegoría subjetiva de primer grado. Desde una perspectiva pragmática, la evi- dencialidad ha sido caracterizada como una categoría metapragmática (véase, por ejemplo, Golluscio (1997) para el mapudungun ), esto es, una categoría que no se relaciona directamente con el contenido referencial del enunciado, sino con la indexación del hablante en la situación de enunciación (vinculando esta categoría a nociones como las de “clave de contextualización” de Gumperz (1982). En el nivel gramatical, se ha planteado que, debido a sus propiedades semánticas, cognitivas y pragmáticas, la evidencialidad tiene alcance sobre la cláusula completa y, por tanto, en aquellas lenguas que cuentan con esta cate- goría en su sistema gramatical, los mecanismos que la expresan suelen estar localizados en los estratos más externos de la cláusula. En este sentido, Van Valin (2005) la caracteriza sintácticamente como un operador causal que tiene, semánticamente, alcance sobre todo el enunciado. Diversos autores entre otros, Slobin (1996), Aikhenvald (2004), Aikhen- vald y Dixon (2007) han planteado que la evidencialidad suele ser un rasgo prominente en las lenguas que la gramaticalizan. Por esto, tendería a operar como estrategia retórica y su expresión en las cláusulas podría ser un requeri- miento cultural muchas veces explícito. La prominencia y extensión en el uso favorecería la difusión por contacto (Aikhenvald y Dixon (1998), Johanson y Utas (2000), Aikhenvald (2004), de Haan (2013)), particularmente en comu- nidades de habla con fuerte tradición oral. En estas, el empleo frecuente de técnicas narrativas orales y géneros centrados típicamente en la entrega de in- formación de fuente indirecta facilitaría la transferencia lingüística. Varias investigaciones han identificado la transferencia de la evidencia- lidad en ciertas variedades del español en contacto con lenguas andinas que la categorizan gramaticalmente. Entre estas se cuentan Merma (2007) para el español cuzqueño, Palacios (2007) para el español de la sierra ecuatoriana, Dudzicz (2010) para el español del noroeste argentino, todos en contacto con lenguas de la familia quechua; Mendoza (1992) para el español de La Paz en

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