Policy Brief - Buen trato en la docencia clínica: Recomendaciones para fortalecer e implementar la Norma de Sana Convivencia y Protección de la Salud Mental en Campos Clínicos

Fuente: Cristian Vergara. 4 la consolidación de entornos de aprendizaje segu- ros, éticos y coherentes con los principios que hoy orientan la formación en salud (Maida et al., 2006). En este contexto, resulta especialmente rele- vante la Norma de Carácter General N° 4: “Establece normas sobre sana convivencia y protección de la salud mental en campos clínicos”, aprobada por la Superintendencia de Educación Superior (SES) me- diante resolución exenta en 2025. Esta norma de- pende de la SES, organismo público creado por la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior, encarga- do de fiscalizar y supervisar el cumplimiento de la normativa aplicable a las instituciones de educación superior. Entre sus principios transversales destacan el reconocimiento de la posición y el rol del o de la estudiante, la perspectiva de derechos humanos, el enfoque de género, el buen trato, la no discrimi- nación arbitraria, la participación, la protección de víctimas y denunciantes, la coordinación y la comu- nicación efectivas, la oportunidad y la celeridad, las garantías de acceso y de defensa y la mejora con- tinua. Asimismo, la Norma establece obligaciones de prevención, orientación, inducción y acompa- ñamiento en los campos clínicos; define exigencias para el perfil de tutores y tutoras clínicas, así como para los convenios asistenciales-docentes; regula canales de denuncia, procedimientos de investiga- ción y medidas provisionales; y exige mecanismos de reporte, seguimiento y monitoreo del clima for- mativo. Pese a este avance normativo, persisten bre- chas relevantes entre sus orientaciones generales y su expresión concreta en los escenarios formativos. En la práctica, la experiencia del estudiantado sigue marcada por condiciones heterogéneas entre insti- tuciones y campos clínicos, lo que afecta la calidad del aprendizaje, el bienestar y la equidad en la for- mación (Hafferty & O’Donnell, 2015; Frías Escalona et al., 2026). Una primera brecha se observa en la tuto- ría clínica. Aunque la Norma reconoce su relevancia, no explicita competencias pedagógicas mínimas ni condiciones básicas para el ejercicio de esta función. En consecuencia, la tutoría suele centrarse en la su- pervisión técnica más que en el acompañamiento integral del aprendizaje, lo que puede aumentar los riesgos de maltrato, desgaste emocional y desmo- tivación estudiantil (Bradley & Becker, 2021; Lither- land et al., 2023; Shanfield et al., 2001). Una segunda brecha se relaciona con las condiciones formativas. Las jornadas extensas, la alta carga asistencial y la falta de tiempo protegi- do para enseñar y aprender afectan tanto la salud

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