Pulvis et Umbra

18 sus ritos religiosos. El director Supremo no vaciló en acceder a esta solicitud i con fecha 14 de diciembre de 1819 expidió el decreto que sigue: Es mui justo que los extranjeros residentes en Chile hagan las funciones funerarias de sus difuntos según los ritos de sus creencias. Estos actos en nada contrarían los de nuestra religión católica. Ellos se han conducido hasta el día con la mejor política, sin mezclarse directa ni indirectamente en materias de creencia. En virtud se concede a los suplicantes la licencia que piden para comprar en esta ciudad i en la de Valparaíso un terreno a propósito destinado a hacer en él sus ritos fúnebres (Barros Arana, 1876, pp. 242-243). El decreto no solo apuntaba a la forma en que debían efectuarse los entierros, sino que también establecía la naturaleza de las sepulturas. Primero se ubicarían los nichos, situa- dos en los muros perimetrales, asociados a dos grandes edificaciones (neogótico inglés), que fueron especialmente construidas para enterrar a los individuos pertenecientes a corporaciones eclesiásticas, las cuales debían cancelar dinero por utilizarlas. En segundo lugar, estaría la sepultura construida en el suelo, que debía ser usada por un solo indivi- duo, debidamente rodeada de verjas de madera; también tenía un costo. El tercer tipo correspondía a la “fosa común”. Se estructuraba por zanjas excavadas ex profeso, que debían ser lo suficientemente amplias para dar cabida a todos los indigentes y desam- parados provenientes de la provincia. A estas personas no se les cobraría dinero. No se permitían, en estos primeros años, construcciones que se salieran de las normas mencionadas. En otro sentido, se pretendía mantener una igualdad social. Con el paso del tiempo, el cementerio se constituyó en un hermoso parque, que lo alejaba del pensamiento existente en la Colonia respecto de la visión horrenda y espontánea acerca de la muerte. “No vacilamos en afirmar que el monumento de mayor honra para Santiago no es ni sus hospitales, ni estatuas, ni sus catedrales, ni sus maravillosos paseos públicos, sino su cementerio” (Vicuña Mackenna, 1877, p. 102). Esta cita es verdaderamente certera. Es nuestra hipótesis principal de investigación que el Cementerio General, además de poseer un hermoso parque, contiene todos los antecedentes para entender la tradición sociocultural, política y artística de Chile. La monotonía, que en otros parques es posible que se apodere de nuestro espíritu, aquí es absolutamente imposible que suceda, cada paso que demos adentrándonos en sus avenidas cubiertas de árboles, serán un motivo más de admiración que nos embar- gará al observar a través de ellos suntuosos y algunas veces extraños mausoleos; o tal vez sencillas sepulturas, o más allá hermosas esculturas, monumentos, espejos de aguas y delicados jardines primorosamente adornados (Lazo, 1959, p. 71).

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