Los tratados entre la Nación Mapuche y la Corona de España

64 Carlos Contreras Painemal 5. Cuando se ofrezca, que esta superioridad tenga por con- veniente enviar por tierra al Río Negro de la Costa Patagó- nica, gente y basamentos de guerra, y boca; estará obligado el dicho cacique a convocarlos y proveerlos de los bagajes necesarios, que se le pagará lo que se conceptúe justo. 6. Que ha de avisar dicho cacique del tiempo en que se ha de hacer la redención general de todos los cautivos cristianos que tuviere él y todos sus aliados, y más indios y caciques. 7. Que debe llevar muy presente que, luego que llegue a sus tolderías, ha de hacer vivas diligencias para rescatar a los dos güincas que tienen cautivos los pegüelehús. 8. Que, habiéndose experimentado que algunos indios de los amigos, que bajan a esta Capital a hacer sus tratos, se fingen caciques para obtener de esta superioridad algún re- galo, que suele hacerse a los que verdaderamente lo son; para que en lo sucesivo no se padezca engaño, se le dará una contraseña por escrito. 9. Que como el referido cacique principal ha experimentado de esta superioridad las más benignas expresiones de amis- tad, que le habrán hecho conocer la sinceridad con que se procede y el particular amor y aprecio que ha hecho de su persona, espera la misma superioridad que, en demostra- ción de su reconocimiento, mande con su secretario la par- tida que despachará inmediatamente que llegue a sus toldos a las dos cautivas que tiene en su poder, o a lo menos la una.

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