Cambio climático y desastres naturales : acciones claves para enfrentar las catástrofes en Chile

180 El urgente ordenamiento territorial para la prevención de desastres en Chile. entidad debe llevar a cabo para la elaboración y sistematización del material básico y para el perfeccionamiento de las Cartas respec- tivas. Ello ha quedado sancionado en la Ley de Fortalecimiento Regional , donde explícitamente de le asigna y refuerza la com- petencia a los Gobiernos Regionales, cuando se dice que a ellos le corresponde orientar el desarrollo territorial de cada región y pre- cisamente la elaboración del plan de ordenamiento territorial en coherencia con la respectiva estrategia regional de desarrollo. Debe valorarse la instancia de “Alcaldes unidos” para que ella sea una entidad fundamental de decisión e implementación de este Instru- mento. La institución local es básica por su rol permanente y por- que allí naturalmente se expresa un vínculo eficaz con la población organizada. Se destaca ello porque en los otros instrumentos de ordenamiento Territorial como los planes reguladores comunales e intercomunales son los Municipios la institución clave. 4. Los IntercomunalesRurales, instrumento clavepara el or- denamiento rural. Las zonas rurales están expuestas a una débil institucionalidad para el manejo y la gestión de sus territorios. El Municipio rural, es una entidad habitualmente precaria en recursos profesionales y presu- puestarios, dispone de equipos habitualmente insuficientes y suele concentrar parte de sus esfuerzos de gestión en asegurar la operación de sus servicios de salud, educación y los locales que les son propios. Este factor de debilidad institucional, profesional y financiera, hace que cada vez más los municipios rurales “vecinos” comiencen a ope- rar asociativamente. Incluso, es más, enChile buena parte de laman- comunidad municipal se da en la práctica de los Municipios rurales. Ello ha demostrado ser eficaz para “compartir” recursos profesiona- les particularmente escasos como para asumir propuestas de desarro- llo para territorios más amplios que cada propia comuna. La asociación intercomunal es la forma privilegiada en América Latina para asumir desafíos del desarrollo rural, ambiental y pro- ductivo en el mundo rural. Esta nueva escala institucional busca potenciar una institucionalidad más moderna y poderosa en su capacidad profesional, financiera y en su compleja interlocución con las autoridades nacionales. Los territorios que son “compartidos” suelen tener una problemá- tica fundamentalmente común en sus especializaciones producti- vas y sus demandas y necesidades son similares. Por otra parte, la entidad intercomunal da más fuerzas a las demandas de comunas rurales que deben fortalecer sus urgentes necesidades en salud, educación y emergencias sociales. Esto ha llevado a propiciar la existencia de “planes reguladores intercomunales en zonas rurales”, definido como un instrumento superior al plan regulador comunal (y que los incorpora), y que define mejor muchos desafíos del orden territorial general. Ello implica la posibilidad de ordenar los territorios rurales con zoni- ficaciones específicas y establecer definidas reglas precisas para las actividades urbanas eventuales en el ámbito rural, superando la excepcionalidad del artículo 55 de la Ley de Urbanismo y Cons- trucciones y superando la norma sobre parcelamiento de agrado para subdivisiones prediales rurales. Estas son las razones de fondo para hablar cabalmente del ordena- miento de los territorios rurales, afianzado al nivel de los respectivos sub-territorios intercomunales las guías y consideraciones metodoló- gicas yprogramáticas que seha señalado enel PlandeOrdenamiento Territorial Regional, del que estos -instrumentos deben formar parte. La excepcionalidad del artículo 55 de la Ley de Urbanismo y Cons- trucciones establece que una actividad de naturaleza urbana puede

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