Más comunidad más prevención: manual para gestión local de seguridad

Manual: Más Comunidad Más Prevención 14 Capítulo I. Conociendo la seguridad ciudadana en el gobierno local las escuelas y grupos cercanos, entre otras como factores sociales en las causas del fenómeno de violencia, temor y delito. (Durkheim, 1893; Park, Burgess y McKenzie, 1925; Shaw, 1925 y Sutherland, 1924 en Siegel, 2007). Esto ha supuesto el reconocimiento funcional y en algunos casos también normativo de que la seguridad ciuda- dana es una competencia. Este reconocimiento no siempre ha terminado en la formulación de una norma que entregue de manera clara y específica funciones exclusivas, compartidas y delegadas, sino que se suele estar en un complejo entramado de normas donde el sentido común y la agilidad del buen gobierno –o del mal gobier- no– puede desarrollarse para liderar eficientemente una gestión o dejarse llevar por la inercia. En esta situación, relevar el principio de subsidiariedad en la gestión pública resulta de suma utilidad, ya que este principio describe que determinado problema debe ser resuelto por la autoridad más cercana al desarrollo y objeto del problema. Si hacemos eco de la teoría sociológica del crimen y el principio de la administración pública moderna, esta complejidad obliga al gobierno territorial más cercano a su inmediata participación y a considerar seriamente el enfoque epidemiológico. Así tenemos subniveles de gobierno invirtiendo en iniciativas de control, como son los sistemas de video vigilancia, la contra- tación de personal como los guardias municipales, la compra de las horas de franco a policías de parte de entes de gobierno territorial, la adquisición de vehículos –incluso helicópteros– para labores de patrullaje, control y persecución. También apa- recen otras medidas destinadas al mejoramiento del servicio como la entrega, temporal o definitiva, de terrenos para instalar cuarteles y/o comisarías, escritorios, computadoras, impresoras y enseres. No obstante, también existen –en menor medida– experiencias de inversión en proyectos de prevención de violencia hacia los niños, niñas y adolescentes, recupe- ración de plazas y barrios, programas de apoyo para las víctimas de la violencia, iniciativas de solución pacífica de los conflictos de barrio, entre otras. Este proceso ha sido bastante heterogéneo a lo largo de la región. En algunos casos aparecen diferentes estructuras de gestión, como, por ejemplo, órganos de coordinación y de planificación de las políticas territoriales, consejos inclusivos, fondos municipales, planes de acción y guardias financiados por el gobierno territorial. En algunas reali- dades territoriales pueden aparecer todas estas estructuras, y en otras, sólo algunas, dificultando el proceso. La fortaleza o debilidad de las autonomías y competencias territoriales facilitará o dificultará la gestión de la seguridad ciudadana. En algunos países de la región la gestión nace desde el ámbito nacional, y los municipios y ciudades son sólo receptores de esa política con escasas competencias. En países como El Salvador, Ecuador, Venezuela, Honduras, Guatemala, Panamá, Chile, Costa Rica, Uruguay y Paraguay es el gobierno nacional el que La Ley nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades (Chile), sobre funciones y atribuciones, señala: “El apoyo y el fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaborar en su implementación (…) En Perú la Ley 29010, art. 1 dice “Los gobiernos regionales y locales están facultados para realizar gastos de inversión en materia de seguridad ciudadana, infraestructura y equipamiento en el ámbito de su jurisdicción (…)”

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=