Actas de las I jornadas del régimen jurídico de las aguas

99 Las demás aguas, incluso las subterráneas, se consideran privadas, lo que también ocurre respecto a algunas corrientes naturales, como las corrientes o vertientes que nacen, corren y mueren dentro de una misma heredad. El Código Civil fue adecuado para su época, en un país con una población escasa y una explotación mínima de sus recursos naturales -en agricultura y minería-, por lo que, salvo situaciones puntuales ocasionadas por fenómenos naturales, fue útil y suficiente para resolver las controversias que surgían, normalmente sujetas a decisiones judiciales. Lentamente a través del tiempo, con el crecimiento poblacional y también de la economía por fenómenos externos como fue el descubrimiento de oro en California que le ofreció un nuevo y gigantesco mercado, el país se fue abriendo a exportaciones, fundamentalmente de producción agrícola, lo que llevó a expandir la superficie explotada triplicándola en la práctica. Esta nueva realidad trajo consigo una nueva y mayor presión sobre nuestros recursos naturales, en particular respecto al agua, que se dio a conocer especialmente en situaciones de crisis, que hicieron imprescindible la intervención del Estado, ya que las controversias suscitadas superaron la capacidad de la justicia ordinaria para resolverlas, pues ahora no se trató de conflictos entre personas definidas, sino entre grupos mayores que se confrontaban y que solamente a través de la gestión de las autoridades y del apoyo de la fuerza pública pudieron superarse. Un conjunto de hechos adicionales trae también consecuencias para el agua y su explotación. A fines del siglo XIX, Chile vivía un período de auge económico gracias a la explotación del salitre, situación que terminó abruptamente con el descubrimiento del salitre sintético, que trajo consigo la lamentable secuela de cierre de plantas salitreras, cuya mano de obra era conformada esencialmente por trabajadores que viajaron desde el centro y sur del país hacia el norte de Chile, en pos de mejoras económicas sustanciales. Esta repentina crisis de la industria salitrera trajo consigo una enorme cesantía y con ella conflictos laborales, sociales y económicos, que se tradujeron en situaciones políticas complejas, particularmente entre los decenios que van de 1910 a 1930. Tales hechos también repercutieron en el agua y en las concepciones jurídicas respecto a su administración por la autoridad y su uso por los beneficiarios.

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