Observaciones a la lei electoral vijente: memoria de prueba para optar al grado de Licenciado leida ante la comision universitaria por Arturo Prat Chacon

- 21 - alcaldes sean empleados públicos.¿Quién subrogaria en este caso a los alcaldes1 Segun los artículos 49 i 58, "el que segun la lei debe reemplazarle. 11 Sabemos que esta lei es la de Municipalidades; sabemos que el artículo 4. 0 ele ella no tiene apl icacion porque la con– dicion ele empleado no imposibilita a los alcaldes para el desempeño ele su cargo. Y por fin saberuos, que si acudimos, como último ampa– ro al artículo 41 de la lei ele Municipalidades, que bien o mal nos ha proporcionado la subrogacion de los alcaldes entre sí, llegal'Íamos a poner en manos del gobernador la designacion del subrogante, contrariando el marcado espíri– tu de la lei que ha llamado a los alcaldes precisamente para escluir a aquellos. Ninguno de estos inconvenientes trae el proceder con– trario. Como parece natural, se ha visto en los alcaldes los per– sonajes mas conspicuos ele los municipios, i en el primero ele ellos la lei de elecciones ha depositado su confianza, tomá.n– doles tal cual los encontraba, tal cual la lei que los inviste determina que sean. Creemos que esta es la intelijencia correcta del inciso 2. 0 del artículo 32, que se valió de las palabras 11juntas recep– toras i escrntacloras11 quizas por evitar que, nombrado con malicia o por casualidad un empleado incapoz p::ira vocal de una mesa receptora, pudiese en el escrutinio ejercer las funciones que no pudo en la recepcion de los sufrajios. Bastaría, sin embargo, esprcsar que los individuos nom– brados en contravencion al inciso 4. 0 del artículo 8. 0 e inci– so 2. º del artículo 32, se tuvieran por no designados, para borrar la palabra 11escrutadora11 que viene a introducir la confusion, salvo que se prefiriese adoptar otro sistema en que la esclusion de los empleados alcaldes no trajese per– turbaciones en el mecanismo electoral.

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