Manual de cineclubismo : red de cineclubes de Chile

Manual de Cineclubismo - Red de Cineclubes de Chile - 63 6. Las asociaciones del público tienen el derecho de estar asociadas a la gestión y de participar en el nombramiento de los responsables de los organismos públicos de producción y distribución del espectáculo así como de los medios públicos de información. 7. Público, autores y obras no pueden ser utilizados sin su consentimiento para fines políticos de proselitismo comercial u otros. En casos de instrumentalización o de abuso, las organizaciones de espectadores tendrán el derecho de exigir rectificaciones públicas e indemnizaciones. 8. El público tiene derecho a una información correcta. Por este motivo rechaza cualquier tipo de censura y de manipulación, y se organizará para hacer respetar en todos los Mass Media la pluralidad de opiniones como expresión del respeto a los intereses del público y a su enriquecimiento cultural. 9. Ante la universalización de la difusión informativa y del espectáculo, las organizaciones del público se unirán y trabajarán conjuntamente en el plano internacional. 10. Las asociaciones del público, reivindican la organización de investigaciones sobre las necesidades y la evolución cultural del público. Por el contrario se oponen a los estudios con objetivos mercantiles tales como las encuestas sobre índices de audiencia y aceptación. La Federación Internacional de Cineclubes (FICC), organización de defensa y desarrollo del cine como medio cultural que está presente en 75 países, a partir de su congreso en Tabor (Checoslovaquia) aprobó por unanimidad esta carta, también conocida como Carta de Tabor.

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