Justicia, género y sexualidad - page 191

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En dichos casos, ambas víctimas habían sido asesinadas
por sus respectivos cónyuges, tras vivir un periodo de agresio-
nes graves y reiteradas y de haber sido amenazadas de muerte.
En ambos casos, la policía había solicitado la detención de los
agresores, tras las respectivas denuncias de las víctimas, sin
embargo dichas solicitudes fueron denegadas por los fiscales
encargados de cada caso. En relación a la admisibilidad, el Es-
tado señaló en los dos casos, entre otros argumentos, que las
comunicaciones eran inadmisible por no haberse agotado to-
dos los recursos internos, ya que las víctimas podrían haber
presentado una denuncia ante el Tribunal Constitucional para
impugnar la disposición legal que les impedía apelar las deci-
siones del fiscal de no dictar una orden de detención contra
los agresores y que, suponiendo que pudieran demostrar un
interés directo y actual en el efecto preventivo de la derogación
de la disposición pertinente, sus herederos vivos aún podrían
utilizar tal recurso. Al respecto, el Comité consideró que dicho
procedimiento constitucional “no podía ser considerado un re-
curso que probablemente brindara un remedio efectivo a una
mujer víctima de una amenaza peligrosa punible de muerte. El
Comité tampoco consideró probable que ese recurso interno
brindara un remedio efectivo en el caso de los descendientes
de la difunta a la luz del carácter abstracto de dicho recurso
constitucional”
28
, y por lo tanto desestimó las alegaciones del
Estado a este respecto, declarando la admisibilidad de ambas
comunicaciones.
28 Şahide Goekce v. Austria, párr. 7.5. En el mismo sentido: Fatma Yildirim v. Austria, párr.
7.5.
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