Cientocincuenta años de política exterior chilena - page 267

C.
G/oda Echeverría D.
I
LA CONTROVERSIA ENTRE CHILE
y
ARGENTINA...
fecha 2 de mayo de 1977, se supuso dentro de toda lógica y en base al
tradicional respeto de las partes por los convenios libremente suscri–
tos, que la Sentencia había puesto punto final a la controversia sobre
el Canal Heag'le .que
POI
más de cincuenta años ensombreció las re–
laciones chileno-argentinas.
Los hechos posteriores demostraron todo
10
contrario; en efecto,
la República Argentina
desconforme
con los resuJtados del aI'bitraje
desconoció
la Sentencia dictada por el árbitro.
La extempoI'ánea actitud adoptada por el Gohierno argentino pro–
vocó un
hondo malestar
en los medios chilenos, qu.ienes intentaron
por todos los medios a su alcance convencer a ese gobierno de lo
inválido e ilegal de su posición.
Por el momento se mantiene la
impasse
respecto del !Laudo, aun
cuando ambos go:hierno5 decidieron negociar, entre otras materias,
aspectos derwados del mismo.
El presente trabajo consta de dos partes: la
Patrte Primera
está de–
dicada a la controversia lpropiamente tal, desde sus inicios, en 1904,
hasta la pronunciación del Laudo el 18 de abril de 1977.
En esta primera parte se describen y analizan las razones que dieron
lugar a la disputa, asi como los pasos que Chile y Argentina llevaron
a cabo a fin de solucionarla. Se hace referencia, asimismo, a las po–
siciones que ambos Estados sostuvieron frente al árbitro y los fun–
damentos que les dieron base. Por último, se Ihace alusión a la
decisión de la Corte en la cual ésta vertió todos los argumentos que
la condujeron
(iI
confirmar la soberanía de Chile sobre las principa–
les islas controvertidas y a determinar el límite entre ahile y Argen–
tina aproximadamente a medio IGanal Beagle.
La parte primera finaliza con un resumen de la parte dispositwa
del Laudo dictado por el Gobierno de S. M. Británica.
La
Parte segunda
comprende desde la notificación del Laudo a las
partes (2/V/1977) hasta la última comunicación de la Corte al Fo.
reign Office (10/VII¡J:9i78) en la (;tial declara su "functus offido", es
decir, el cese de sus funCÍiones y sou, autodisoludón.
En esta parte segunda se
~l.3.re
una rápida descripción de los aconte–
cimientos que tuvieron lugar entre las dos fechas mencionadas: con–
versaciones informales IPhilippi-Villegas, negociaciones Camrajal-Mon–
tes, proyecto argentino de delimitación limÍtrofe en el Atlántico su–
doccidental, etc., todos los cuales fueron delineando progresivamente
las posiciones que Ohile y Argentin<li adoptaron respecto de las deri–
vaciones del Laudo en la zona austral.
Se incluyen igualmente las entrevistas presidenciales de "El IP.}u-
1...,257,258,259,260,261,262,263,264,265,266 268,269,270,271,272,273,274,275,276,277,...425
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