Tomo primero de las leyes de recopilación: que contiene los libros primero, segundo, tercero, quarto, i quinto

12 7 o Libro segundo. Titulo decimotercio. Preúdentes de los dichos nuestros Conse- lo hagan, mandamos que ~ las ROmina~, . jos Tribunales , Chancillerias , i Audien- donde se les libraren sus salario.;, se declare cia;, despues de le'i.das las dichas relaciones, que no se les han de pagar, sin que prime– provean que los dichos pleitos, causas, i ne- ro conste por fee, i testimonio del Escrivang gocios se sigan, vean , i determine~n dentr<;> d~ Cama:ª mas an~iguo d~ l~s dic~os Cori 4 de los terminas, que para ello se senalaren, 1 seJos, Tribunales, 1 Aod1enc1as , 1 Chan– por leyes, i ordenanzas esta pro~e1do , _i ten 4 cillerias aver ellos cumplido .cor, lo conteni– gan mucho cuidado de ordenar a los dichos do en esta nuestra Cedula; t que , lo que de nuestros Fiscales cumplan , i executen pun- otra manera se les pagare, no se "les reciba tualmente lo que dicho es, i a los Jueces que en cuenta a los pagadores , i personas, a cu– los determinen, i sentencien; i para que con yo cargo fuere ladicha paga, en las que die– mayor cuidado los dichos nuescros Fiscales ren de sus cargos. 1 Los Presidentes libren a/osFiscales lo queU'Vieren menester para s~guir los pleitos del Patrimonio Real, l.67.tir.5. deste lib. I tambien se les libre para /os pleitos Ec/esiasticos, i de Coronados, i s~ paguen las pmas pecuniarias, en que los Fiscaks por ra'lOn de i~s dichos pleitos fueren condenados por los '"jueces Ecle– siasticos, lei 8. tit. 4. lib. 1. z Los Fiscales assistan a los pleitos de terminos, jurisdiciones, i Proprios de Ciuda– des, i Villas, lei 25. tít. 5. de esre lib. I alli, 4ue assientan en favor de JosCo"egidores , t 'Jueces d~ R1sidencia en Jo tocante a la tkfen 4 sa de la jurisdiclon seglar , lo qua/ tambien se dispone pot la lei 20. tir. 20. de este lib. 3 El Receptor de penas deCámara no acu– se, sino notifique/o alFiscal, lei 7. del tít. sig. 4 Los Alcaldes ddCrimen haga1J notifi– car a ios Fisc'ales las causas, en que han de assistir , lei 18. tit. 7. de este lib. S Los pleitos Fiscales se vean brevemen– te, leí 27. tit. 5. de este lib. 6 Que el Fiscal de/Consejotengacuidado de la execucion de la r:esidencia consultada , i tenJ!a libro, en que assiente las cosás tocantes a iu oficio, lei 49. tit.4. de este lib. ? Los Fiscales no tengan CatbeJras, ni oficio de Chanciller en laUniversidad de Va/la– do/id, leí 6 I. tit. 5. de este lib. 8 A los Fiscales de la Audiencia de Gra– ,iada no se les lleve derechos de romana , ni sissa, lei 7 4. tit. 5. de este lib. 9 Los Fiscales no s~an solicitaá()res, lei 30. tit. 4. de este lib. ro Las prO'lJisiones ordinarias,que pidie– ren los Fiscal~s J¿ lasChancillerías de Grant1- .d11,iV11lladolid,p11ra traer processos a costadel que ap:110,no se d J11 sinque p,:imero St! notifique al Procurador,i st le determino bastantepara que los presente; ni el Fiscal las pueda despa, ebar de otra manera. D. Phelipc Ill.en la Vi. sita de D. Jaan Zapata Ossorio cap. 2 5. i Ce. dula del mismo,en que manda guardar em ca– pitulo,en Valladolid en I 8.deMayode 1 629- 1 1 Quandoporparte del Fiscal se U'Vieren de e:t.dminar algunos testigos impedidos encau. sas de bidalgula, no se embieD!Hgmci~o pa,. ra ello, i e1.4mine/e uno <k los Alcaldes ~ brados, i para las dillgencias,que co,,vimere,el FiscaJ. de poder aJ A!g:1a:il d! lacomission t:kl Alcalde,que los ex4min1re, en la misma Visi– ta cap. 32. i en la misma Cedula. 12 Los Fiscales en los dicbos pleitos de hidalguía, passado el termino de la prueba, pi– dan publicacion,i que otras diligencias han de hacer, en la misma Visita cap. 31. i en 1a misma Cedula. 13 Hagan dupachar provisiones para que se guarde Jo dispuesto por la Jei c~cll de que en cada Lugar aya libro, en q11ese escri– van los nombres de k;s Cavaileros, armados, en la misma Visita cap. 22. 14 Hagan lista, i me,nq,ia de todos los pleitos de hidalguía pendientes, t recorrase en la Sala de los dichos Alcaldes cada mes C()# assistencia del Fiscal, i su Agente ,i bagan/as demasdiligencias, que se ordena"sobre esto,en el cap. 37. de la mismaVisi.ta,i en el cap.:J,4. en la Visita de D. Juan de Torres. . 15 LosFiscaiesdelCrimenhaganlamisma lista de los pleitos criminales , la qua/ vean, i visiten los Aleo/des del Crimen; i en los di– chos tr~s generos de pleitos se guariie lo di.r-· puesto por los capitulos 37. i 39. i de la omis~ sion se les baga cargo a los Fiscales , t Jue– ces, a quien tocare el examen de las dichas lis– tas, en la misma Visita ca~.40. 16 Teng,m lih,·o,en .que los Escrivanos de Camara , i del Crbnen , i Hijosdaigo assi,mtm las

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