Derecho internacional de los refujiados - page 107

DERECHO INTERNACIONAL DE LOS REFUGIADOS
ciones de seguridad y dignidad, supervisando a la vez, el trato recibi·
do al regreso.
Los problemas encontrados se relacionan con detenciones y
encarcelamiento de repatriados a su regreso y las dificultades en la
supervisión que son a menudo mayores en el caso de la repatriación
espontánea. El éxito de las operaciones de repatriación voluntaria
exige la movilización de recursos adecuados y el mantenimiento de
condiciones de seguridad en particular con referencia a las activida-·
des de protección en el país de origen en favor de los repatriados,
que en ciertos casos, tiene lugar durante el proceso en curso de
solución política del conflicto.
El proceso iniciado por CIREFCA permitió realizar nuevos
progresos en este sentido dado que favoreció el tratamiento de
soluciones globales. La repatriación voluntaria a casi todos los países
de la región en particular de Costa Rica a Nicaragua, de México a
Guatemala y de varios países de la región a El Salvador se llevaron a
cabo de modo relativamente satisfactoria. Por otra parte, la política
del Gobierno de Costa Rica de facilitar programas de integración
local permitió la clausura de todos los campamentos de refugiados
en el país.
En Guatemala tienen lugar negociaciones para la puesta en
práctica de uno de los últimos movimientos masivos de repatriaeión
voluntaria pendientes. En noviembre del año 1991, la Alta Comisío·
nada y el Presidente de la República de Guatemala firmaron una
Carta de Entendimiento en la que el Gobierno de Guatemala da
garantías para la seguridad de los repatriados y del personal de las
Naciones Unidas y de las ONGs que trabajan enJas zonas de repa–
triados, asimismo el Gobierno adquiere cOmpromisos con relación a
la libertad de los repatriados para elegir su destino en el país de
origen, a la libertad de movimiento dentrorlel país yeJ pleno disfrute
de sus derechos, como ciudadanos
y
la no· discriminación de su
carácter de repatriados. Paralelamente, continuaronde&8flrollándo–
se las negociaciones entre los representantes de los refugiaaos y el
Gobierno con respecto a condiciones requeridas previas a su repa–
triación colectiva y voluntaria. El ACNUR por su parte como inte–
grante del Grupo de ·Mediación, junto a la Comisión Especial del
Gobierno para los Refugiados Repatriados y Personas
D~splazadas
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